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Document 32018D0313
Commission Implementing Decision (EU) 2018/313 of 28 February 2018 amending Decision 2009/821/EC as regards the lists of border inspection posts and veterinary units in Traces (notified under document C(2018) 1149) (Text with EEA relevance. )
Decisión de Ejecución (UE) 2018/313 de la Comisión, de 28 de febrero de 2018, por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces [notificada con el número C(2018) 1149] (Texto pertinente a efectos del EEE. )
Decisión de Ejecución (UE) 2018/313 de la Comisión, de 28 de febrero de 2018, por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces [notificada con el número C(2018) 1149] (Texto pertinente a efectos del EEE. )
C/2018/1149
DO L 60 de 2.3.2018, p. 40–43
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 13/12/2019; derog. impl. por 32019R1014
2.3.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 60/40 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2018/313 DE LA COMISIÓN
de 28 de febrero de 2018
por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces
[notificada con el número C(2018) 1149]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 20, apartados 1 y 3,
Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE (2), y en particular su artículo 6, apartado 4, párrafo segundo, segunda frase, y apartado 5,
Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países (3), y en particular su artículo 6, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión 2009/821/CE de la Comisión (4) establece una lista de puestos de inspección fronterizos autorizados de conformidad con las Directivas 91/496/CEE y 97/78/CE. Esta lista figura en el anexo I de dicha Decisión. |
(2) |
Bélgica informó a la Comisión de que la autorización para los puestos de inspección Avia Partner y WFS del aeropuerto de Brussel-Zaventem debe limitarse a aquellos productos con determinadas temperaturas controladas. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia. |
(3) |
A raíz de una propuesta de Dinamarca, la autorización del puesto de inspección fronterizo del puerto de København debe limitarse únicamente a los productos envasados. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia. |
(4) |
Alemania informó a la Comisión de que había retirado la autorización de productos al puesto de inspección fronterizo del aeropuerto de Hannover-Langenhagen. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia. |
(5) |
Irlanda informó a la Comisión de que había retirado la autorización para los ungulados vivos al puesto de inspección fronterizo del aeropuerto de Shannon. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia. |
(6) |
España informó a la Comisión de que había retirado la autorización al puesto de inspección fronterizo del aeropuerto de Alicante en lo referido a los animales vivos, los productos de origen animal no destinados al consumo humano. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia. |
(7) |
A raíz de la propuesta de España, debe añadirse la autorización del nuevo centro de inspección Alaire en el puesto de inspección fronterizo del aeropuerto de Madrid, y también debe restablecerse la autorización del centro de inspección Frigalsa en el puesto de inspección fronterizo del puerto de Vigo. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia. |
(8) |
En el anexo II de la Decisión 2009/821/CE, se establece la lista de unidades centrales, regionales y locales que forman parte del sistema informático veterinario integrado (Traces). |
(9) |
A raíz de la información suministrada por Croacia, deben introducirse algunas modificaciones en la lista de unidades locales de Traces para ese Estado miembro. Procede, por tanto, modificar la Decisión 2009/821/CE en consecuencia. |
(10) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Los anexos I y II de la Decisión 2009/821/CE quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 28 de febrero de 2018.
Por la Comisión
Vytenis ANDRIUKAITIS
Miembro de la Comisión
(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.
(2) DO L 268 de 24.9.1991, p. 56.
(3) DO L 24 de 30.1.1998, p. 9.
(4) Decisión 2009/821/CE de la Comisión, de 28 de septiembre de 2009, por la que se establece una lista de puestos de inspección fronterizos autorizados y se disponen determinadas normas sobre las inspecciones efectuadas por los expertos veterinarios de la Comisión, así como las unidades veterinarias de Traces (DO L 296 de 12.11.2009, p. 1).
ANEXO
Los anexos I y II de la Decisión 2009/821/CE quedan modificados como sigue:
1) |
El anexo I queda modificado como sigue:
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2) |
En el anexo II, en la parte relativa a Croacia, las entradas se sustituyen por el texto siguiente:
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