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Document 32018D0313

    Decisión de Ejecución (UE) 2018/313 de la Comisión, de 28 de febrero de 2018, por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces [notificada con el número C(2018) 1149] (Texto pertinente a efectos del EEE. )

    C/2018/1149

    DO L 60 de 2.3.2018, p. 40–43 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 13/12/2019; derog. impl. por 32019R1014

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2018/313/oj

    2.3.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 60/40


    DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2018/313 DE LA COMISIÓN

    de 28 de febrero de 2018

    por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces

    [notificada con el número C(2018) 1149]

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 20, apartados 1 y 3,

    Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE (2), y en particular su artículo 6, apartado 4, párrafo segundo, segunda frase, y apartado 5,

    Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países (3), y en particular su artículo 6, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La Decisión 2009/821/CE de la Comisión (4) establece una lista de puestos de inspección fronterizos autorizados de conformidad con las Directivas 91/496/CEE y 97/78/CE. Esta lista figura en el anexo I de dicha Decisión.

    (2)

    Bélgica informó a la Comisión de que la autorización para los puestos de inspección Avia Partner y WFS del aeropuerto de Brussel-Zaventem debe limitarse a aquellos productos con determinadas temperaturas controladas. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia.

    (3)

    A raíz de una propuesta de Dinamarca, la autorización del puesto de inspección fronterizo del puerto de København debe limitarse únicamente a los productos envasados. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia.

    (4)

    Alemania informó a la Comisión de que había retirado la autorización de productos al puesto de inspección fronterizo del aeropuerto de Hannover-Langenhagen. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia.

    (5)

    Irlanda informó a la Comisión de que había retirado la autorización para los ungulados vivos al puesto de inspección fronterizo del aeropuerto de Shannon. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia.

    (6)

    España informó a la Comisión de que había retirado la autorización al puesto de inspección fronterizo del aeropuerto de Alicante en lo referido a los animales vivos, los productos de origen animal no destinados al consumo humano. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia.

    (7)

    A raíz de la propuesta de España, debe añadirse la autorización del nuevo centro de inspección Alaire en el puesto de inspección fronterizo del aeropuerto de Madrid, y también debe restablecerse la autorización del centro de inspección Frigalsa en el puesto de inspección fronterizo del puerto de Vigo. Procede, por tanto, modificar el anexo I de la Decisión 2009/821/CE en consecuencia.

    (8)

    En el anexo II de la Decisión 2009/821/CE, se establece la lista de unidades centrales, regionales y locales que forman parte del sistema informático veterinario integrado (Traces).

    (9)

    A raíz de la información suministrada por Croacia, deben introducirse algunas modificaciones en la lista de unidades locales de Traces para ese Estado miembro. Procede, por tanto, modificar la Decisión 2009/821/CE en consecuencia.

    (10)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Los anexos I y II de la Decisión 2009/821/CE quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 28 de febrero de 2018.

    Por la Comisión

    Vytenis ANDRIUKAITIS

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

    (2)  DO L 268 de 24.9.1991, p. 56.

    (3)  DO L 24 de 30.1.1998, p. 9.

    (4)  Decisión 2009/821/CE de la Comisión, de 28 de septiembre de 2009, por la que se establece una lista de puestos de inspección fronterizos autorizados y se disponen determinadas normas sobre las inspecciones efectuadas por los expertos veterinarios de la Comisión, así como las unidades veterinarias de Traces (DO L 296 de 12.11.2009, p. 1).


    ANEXO

    Los anexos I y II de la Decisión 2009/821/CE quedan modificados como sigue:

    1)

    El anexo I queda modificado como sigue:

    a)

    en la parte relativa a Bélgica, la entrada correspondiente al aeropuerto de Brussel-Zaventem se sustituye por el texto siguiente:

    «Brussel-Zaventem

    Bruxelles-Zaventem

    BE BRU 4

    A

    Flight Care 2

    NHC(2)

    U, E, O

    Avia Partner

    HC-T(2)

     

    WFS

    HC-T(CH)(2)

     

    Swiss Port

    HC(2)»

     

    b)

    en la parte relativa a Dinamarca, la entrada correspondiente al puerto de København se sustituye por el texto siguiente:

    «København

    DK CPH 1

    P

     

    HC(1)(2), NHC-T(FR)(2), NHC-NT(2)»

     

    c)

    en la parte relativa a Alemania, la entrada correspondiente al aeropuerto de Hannover-Langenhagen se sustituye por el texto siguiente:

    «Hannover-Langenhagen

    DE HAJ 4

    A

     

     

    O(10)»

    d)

    en la parte relativa a Irlanda, la entrada correspondiente al aeropuerto de Shannon se sustituye por el texto siguiente:

    «Shannon

    IE SNN 4

    A

     

    HC(2), NHC(2)

    e)

    la parte relativa a España queda modificada como sigue:

    i)

    la entrada referente al aeropuerto de Alicante se sustituye por el texto siguiente:

    «Alicante

    ES ALC 4

    A

     

    HC(2), NHC(2) (*)

    O(10) (*)»

    ii)

    la entrada referente al aeropuerto de Madrid se sustituye por el texto siguiente:

    «Madrid

    ES MAD 4

    A

    Iberia

    HC-T(FR)(2) (*), HC-NT(2) (*), NHC(2)

    U, E, O

    Swissport

    HC(2), NHC(2)

    O

    PER4

    HC-T(CH)(2)

     

    WFS: World Wide Flight Services

    HC(2), NHC-T(CH)(2), NHC-NT

    O

    Alaire

    HC-T(2)»

     

    iii)

    la entrada correspondiente al puerto de Vigo se sustituye por el texto siguiente:

    «Vigo

    ES VGO 1

    P

    T.C. Guixar

    HC, NHC-T(FR), NHC-NT

     

    Frioya

    HC-T(FR)(2)(3)

     

    Frigalsa

    HC-T(FR)(3)

     

    Pescanova

    HC-T(FR)(2)(3)

     

    Fandicosta (*)

    HC-T(FR)(2)(3) (*)

     

    Frig. Morrazo

    HC-T(FR)(3)»

     

    2)

    En el anexo II, en la parte relativa a Croacia, las entradas se sustituyen por el texto siguiente:

    «HR00001

    BJELOVAR

    HR00007

    GRAD ZAGREB

    HR00002

    VUKOVAR

    HR00003

    PULA

    HR00009

    ŠIBENIK

    HR00008

    SLAVONSKI BROD

    HR00004

    SPLIT

    HR00005

    VARAŽDIN

    HR00006

    ZAGREB

    HR00010

    KARLOVAC

    HR00011

    SISAK

    HR00012

    VIROVITICA»


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