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Document 52012AP0337

    Renovación del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil *** Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de septiembre de 2012 , sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la renovación del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil (10475/2012 – C7-0181/2012 – 2012/0059(NLE))

    DO C 353E de 3.12.2013, p. 247–247 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    3.12.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 353/247


    Jueves 13 de septiembre de 2012
    Renovación del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil ***

    P7_TA(2012)0337

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de septiembre de 2012, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la renovación del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil (10475/2012 – C7-0181/2012 – 2012/0059(NLE))

    2013/C 353 E/44

    (Aprobación)

    El Parlamento Europeo,

    Visto el proyecto de Decisión del Consejo (10475/2012),

    Vista la Decisión 2005/781/CE del Consejo, de 6 de junio de 2005, relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil (1),

    Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 186, así como con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7-0181/2012),

    Vistos el artículo 81, el artículo 90, apartado 7, y el artículo 46, apartado 1, de su Reglamento,

    Vista la recomendación de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A7-0268/2012),

    1.

    Concede su aprobación a la renovación del Acuerdo;

    2.

    Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y a la República Federativa de Brasil.


    (1)  DO L 295 de 11.11.2005, p. 37.


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