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Document 62013CN0670
Case C-670/13 P: Appeal brought on 13 December 2013 by The Cartoon Network, Inc. against the judgment of the General Court (Seventh Chamber) delivered on 2 October 2013 in Case T-285/12: The Cartoon Network, Inc. v Office for Harmonisation in the Internal Market (Trade Marks and Designs)
Asunto C-670/13 P: Recurso de casación interpuesto el 13 de diciembre de 2013 por The Cartoon Network, Inc. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) dictada el 2 de octubre de 2013 en el asunto T-285/12, The Cartoon Network, Inc./Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Asunto C-670/13 P: Recurso de casación interpuesto el 13 de diciembre de 2013 por The Cartoon Network, Inc. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) dictada el 2 de octubre de 2013 en el asunto T-285/12, The Cartoon Network, Inc./Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
DO C 52 de 22.2.2014, pp. 29–30
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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22.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 52/29 |
Recurso de casación interpuesto el 13 de diciembre de 2013 por The Cartoon Network, Inc. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) dictada el 2 de octubre de 2013 en el asunto T-285/12, The Cartoon Network, Inc./Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
(Asunto C-670/13 P)
2014/C 52/54
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: The Cartoon Network, Inc. (representante: I. Starr, Solicitor)
Otras partes en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) y Boomerang TV, SA
Pretensiones de la parte recurrente
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Que el Tribunal de Justicia anule la sentencia y la decisión controvertida. |
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Alternativamente, que el Tribunal de Justicia anule la sentencia y devuelva el asunto al Tribunal General. |
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Que condene a la recurrida a pagar a la recurrente las costas ocasionadas por este procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
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1) |
Vulneración de los artículos 36 y 53 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto») Los artículos 36 y 53 del Estatuto disponen que el Tribunal General está obligado a motivar sus sentencias. En la sentencia recurrida, el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al no motivar su conclusión de que el público pertinente estaba compuesto exclusivamente por profesionales. |
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2) |
Vulneración del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo: (1) Distorsión de los hechos: Público pertinente
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3) |
Vulneración del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo: Distorsión de los hechos: Similitud de servicios y vulneración del artículo 75 del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo El Tribunal General incurrió en un error de Derecho al concluir que los servicios amparados por la solicitud de marca comunitaria eran similares a los servicios protegidos por la marca comunitaria del coadyuvante, habida cuenta, entre otros, de su respectiva naturaleza, finalidad pretendida, usuarios finales y público pertinente. Además, el Tribunal General y la Sala de Recurso incurrieron en un error de Derecho al basarse en hechos de oficio. |
(1) Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).