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Document 62019CA0625

Asunto C-625/19 PPU: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 12 de diciembre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — Ejecución de una orden de detención europea emitida contra XD (Procedimiento prejudicial — Procedimiento prejudicial de urgencia — Cooperación policial y judicial en materia penal — Orden de detención europea — Decisión Marco 2002/584/JAI — Artículo 6, apartado 1 — Concepto de «autoridad judicial emisora» — Criterios — Orden de detención europea emitida por el Ministerio Fiscal de un Estado miembro para el ejercicio de acciones penales)

DO C 54 de 17.2.2020, p. 12–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

17.2.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 54/12


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 12 de diciembre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — Ejecución de una orden de detención europea emitida contra XD

(Asunto C-625/19 PPU) (1)

(Procedimiento prejudicial - Procedimiento prejudicial de urgencia - Cooperación policial y judicial en materia penal - Orden de detención europea - Decisión Marco 2002/584/JAI - Artículo 6, apartado 1 - Concepto de «autoridad judicial emisora» - Criterios - Orden de detención europea emitida por el Ministerio Fiscal de un Estado miembro para el ejercicio de acciones penales)

(2020/C 54/15)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Amsterdam

Parte en el procedimiento principal

XD

Fallo

La Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, en su versión modificada por la Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009, debe interpretarse en el sentido de que las exigencias inherentes a la tutela judicial efectiva de la que debe gozar una persona respecto de la cual se ha emitido una orden de detención europea para el ejercicio de acciones penales se respetan cuando, con arreglo a la legislación del Estado miembro emisor, los requisitos de emisión de dicha orden y, en particular, su proporcionalidad, están sujetos a control jurisdiccional en ese Estado miembro.


(1)  DO C 382 de 11.11.2019.


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