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Document 62013TN0686
Case T-686/13: Action brought on 17 December 2013 — Unibail Management v OHIM (Representation of two lines and four stars)
Asunto T-686/13: Recurso interpuesto el 17 de diciembre de 2013 — Unibail Management/OAMI (Representación de dos líneas y cuatro estrellas)
Asunto T-686/13: Recurso interpuesto el 17 de diciembre de 2013 — Unibail Management/OAMI (Representación de dos líneas y cuatro estrellas)
DO C 52 de 22.2.2014, p. 42–42
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 52/42 |
Recurso interpuesto el 17 de diciembre de 2013 — Unibail Management/OAMI (Representación de dos líneas y cuatro estrellas)
(Asunto T-686/13)
2014/C 52/80
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Unibail Management (París, Francia) (representantes: L. Bénard, A. Rudoni y O. Klimis, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule parcialmente la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 3 de septiembre de 2013, en el asunto R 300/2013-2, en la medida en que deniega el registro de la solicitud de marca comunitaria no 10 940 161 para productos y servicios de las clases 16, 35, 36, 38, 41 y 42. |
— |
Condene en costas a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos). |
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa compuesta de cuatro estrellas de cinco puntas, precedidas y seguidas de una línea horizontal para productos y servicios de las clases 16, 35, 36, 38, 39, 41, 42 y 43 — Solicitud de marca comunitaria no 10 940 161
Resolución del examinador: Desestimación de la solicitud
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), en relación con el artículo 75, primera frase, del Reglamento (CE) no 207/2009.