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Document 62013CN0600
Case C-600/13: Request for a preliminary ruling from the Giudice di pace di Matera (Italy) lodged on 21 November 2013 — Intelcom Service Ltd v Vincenzo Mario Marvulli
Asunto C-600/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Giudice di pace di Matera (Italia) el 21 de noviembre de 2013 — Intelcom Service Ltd/Vincenzo Mario Marvulli
Asunto C-600/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Giudice di pace di Matera (Italia) el 21 de noviembre de 2013 — Intelcom Service Ltd/Vincenzo Mario Marvulli
DO C 52 de 22.2.2014, p. 26–26
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 52/26 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Giudice di pace di Matera (Italia) el 21 de noviembre de 2013 — Intelcom Service Ltd/Vincenzo Mario Marvulli
(Asunto C-600/13)
2014/C 52/47
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Giudice di pace di Matera
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Intelcom Service Ltd
Demandada: Vincenzo Mario Marvulli
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Establece la Ley notarial italiana no 89/1913 en sus artículos 51 y ss., en relación con los artículos 1350 y 2657 del Codice Civile, una auténtica situación de monopolio para la prestación de servicios a favor de los notarios en lo que respecta a la redacción y autenticación de los contratos de compraventa de inmuebles en Italia, infringiendo de forma clara las normas y principios de los Tratados de la Unión Europea (artículo 49 [TCE, actualmente artículo 56 TFUE]) que disponen la libre circulación de servicios en el territorio de los Estados miembros de la Unión y, en particular, la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006 (denominada «Directiva Bolkestein»), (1) transpuesta en Italia a través del Decreto Legislativo no 59, de 26 de marzo de 2010, publicado en la Gazzeta Ufficiale no 94, de 23 de abril de 2010? |
2) |
¿Considera el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que la Ley notarial italiana no 89/1913, en relación con los artículos 1350 y 2657 del Codice Civile, es contraria a las normas del Tratado UE que prohíben los monopolios para la prestación de servicios (artículos [60 TFUE] y 37 [TFUE]? |
3) |
¿Considera asimismo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que la Ley notarial italiana no 89/1913, en relación con los artículos 1350 y 2657 del Codice Civile, es contraria a las normas de la Unión Europea contenidas en los artículos 28 TCE y 29 TCE que prohíben las denominadas medidas de efecto equivalente, posteriormente incorporadas en los artículos 34 TFUE y 35 TFUE, tras la modificación llevada a cabo por el Tratado de Lisboa, medidas prohibidas por el Tratado porque penalizan a los nacionales de algunos Estados miembros frente a otros en relación con el acceso a los servicios que se les prestan? |
(1) Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO L 376, p. 36).