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Document 62012CA0445

    Asunto C-445/12 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 12 de diciembre de 2013 — Rivella International AG/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), Baskaya di Baskaya Alim e C. Sas (Recurso de casación — Marca comunitaria — Marca figurativa que incluye el elemento denominativo «BASKAYA» — Oposición — Convenio bilateral — Territorio de un tercer Estado — Concepto de «uso efectivo» )

    DO C 52 de 22.2.2014, p. 19–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.2.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 52/19


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 12 de diciembre de 2013 — Rivella International AG/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), Baskaya di Baskaya Alim e C. Sas

    (Asunto C-445/12 P) (1)

    (Recurso de casación - Marca comunitaria - Marca figurativa que incluye el elemento denominativo «BASKAYA» - Oposición - Convenio bilateral - Territorio de un tercer Estado - Concepto de «uso efectivo»)

    2014/C 52/31

    Lengua de procedimiento: alemán

    Partes

    Recurrente: Rivella International AG (representante: C. Spintig, Rechtsanwalt)

    Otras partes en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: G. Schneider, agente), Baskaya di Baskaya Alim e C. Sas

    Objeto

    Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 12 de julio de 2012, Rivella International/OAMI — Baskaya di Baskaya Alim (BASKAYA) (T-170/11), mediante la cual el Tribunal General desestimó el recurso promovido contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 10 de enero de 2011 (asunto R 534/2010-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Rivella International AG y Baskaya di Baskaya Alim e C. Sas — Riesgo de confusión entre un signo gráfico que contiene el elemento denominativo «BASKAYA» y una marca gráfica internacional anterior que contiene el elemento denominativo «Passaia» — Infracción del artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1) — Apreciación errónea del examen de la oposición.

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso de casación.

    2)

    Condenar en costas a Rivella International AG.


    (1)  DO C 366, de 24.11.2012.


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