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Document 62012CA0411

    Asunto C-411/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 12 de diciembre de 2013 — Comisión Europea/República Italiana (Incumplimiento de Estado — Ayudas de Estado — Tarifa eléctrica preferencial — Decisión 2011/746/UE — Ayudas incompatibles con el mercado interior — Recuperación — No ejecución en el plazo establecido)

    DO C 52 de 22.2.2014, p. 17–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.2.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 52/17


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 12 de diciembre de 2013 — Comisión Europea/República Italiana

    (Asunto C-411/12) (1)

    (Incumplimiento de Estado - Ayudas de Estado - Tarifa eléctrica preferencial - Decisión 2011/746/UE - Ayudas incompatibles con el mercado interior - Recuperación - No ejecución en el plazo establecido)

    2014/C 52/27

    Lengua de procedimiento: italiano

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: B. Stromsky, D. Grespan y S. Thomas, agentes)

    Demandada: República Italiana (representantes: G. Palmieri, asistido por S. Fiorentino, agentes)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — Ayudas de Estado — No adopción de las medidas necesarias para dar cumplimiento a los artículos 3, 4 y 5 de la Decisión 2011/746/UE de la Comisión, de 23 de febrero de 2011, relativa a las ayudas estatales ejecutadas por Italia a favor de Portovesme Srl, ILA SpA, Euralluminia SpA y Syndial SpA (DO L 309, p. 1) — Obligación de recuperar sin dilación las ayudas declaradas ilegales e incompatibles con el mercado común y de informar de ello a la Comisión.

    Fallo

    1)

    Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 3 y 4 de la Decisión 2011/746/UE de la Comisión, de 23 de febrero de 2011, relativa a las ayudas estatales C 38/B/04 (ex NN 58/2004) y C 13/06 (ex N 587/2005) ejecutadas por Italia a favor de Portovesme Srl, ILA SpA, Euralluminia SpA y Syndial SpA, al no haber adoptado en los plazos establecidos todas las medidas necesarias para recuperar de Portovesme Srl y de Eurallumina SpA la ayuda de Estado declarada ilegal e incompatible con el mercado interior en el artículo 2 de dicha Decisión.

    2)

    Condenar en costas a la República Italiana.


    (1)  DO C 355 de 17.11.2012.


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