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Document 32017R0161

Reglamento (UE) 2017/161 de la Comisión, de 31 de enero de 2017, por el que se corrige la versión francesa del Reglamento (UE) n.° 139/2014, por el que se establecen los requisitos y procedimientos administrativos relativos a los aeródromos, de conformidad con el Reglamento (CE) n.° 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE. )

C/2017/0407

DO L 27 de 1.2.2017, pp. 99–100 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/161/oj

1.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 27/99


REGLAMENTO (UE) 2017/161 DE LA COMISIÓN

de 31 de enero de 2017

por el que se corrige la versión francesa del Reglamento (UE) n.o 139/2014, por el que se establecen los requisitos y procedimientos administrativos relativos a los aeródromos, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia Europea de Seguridad Aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) n.o 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CE (1), y en particular su artículo 8 bis, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

En la versión francesa del Reglamento (UE) n.o 139/2014 de la Comisión (2), por el que se establecen los requisitos y procedimientos administrativos relativos a los aeródromos, se han producido errores. Es necesario pues corregir los anexos II y IV de la versión francesa del citado Reglamento. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas.

(2)

Procede, por tanto, corregir el Reglamento (UE) n.o 139/2014 en consecuencia.

(3)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité creado por el artículo 65 del Reglamento (CE) n.o 216/2008.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

(Afecta únicamente a la versión francesa).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 31 de enero de 2017.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1)   DO L 79 de 19.3.2008, p. 1.

(2)  Reglamento (UE) n.o 139/2014 de la Comisión, de 12 de febrero de 2014, por el que se establecen los requisitos y procedimientos administrativos relativos a los aeródromos, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 44 de 14.2.2014, p. 1).


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