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Document 32017D2316

    Decisión de Ejecución (UE) 2017/2316 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2017, por la que se deroga la Decisión 92/176/CEE relativa a los mapas geográficos que han de preverse a efectos de la red «ANIMO» [notificada con el número C(2017) 8316] (Texto pertinente a efectos del EEE. )

    C/2017/8316

    DO L 331 de 14.12.2017, p. 78–78 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2017/2316/oj

    14.12.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 331/78


    DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2017/2316 DE LA COMISIÓN

    de 12 de diciembre de 2017

    por la que se deroga la Decisión 92/176/CEE relativa a los mapas geográficos que han de preverse a efectos de la red «ANIMO»

    [notificada con el número C(2017) 8316]

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 20, apartado 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    A fin de introducir un sistema informatizado que pusiera en contacto a las autoridades veterinarias (red «ANIMO»), la Comisión adoptó las Decisiones 91/398/CEE (2) 92/175/CEE (3) y 92/176/CEE (4).

    (2)

    La Decisión 91/398/CEE y la Decisión 92/175/CEE fueron derogadas y la red «ANIMO» fue sustituida por la herramienta de gestión en línea del sistema informático veterinario integrado (TRACES), que abarca todos los requisitos sanitarios aplicables a los intercambios dentro de la UE y la importación de animales, esperma y embriones, alimentos, piensos y plantas.

    (3)

    Procede, por lo tanto, derogar la Decisión 92/176/CEE.

    (4)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Queda derogada la Decisión 92/176/CEE.

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 2017.

    Por la Comisión

    Vytenis ANDRIUKAITIS

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

    (2)  Decisión 91/398/CEE de la Comisión, de 19 de julio de 1991, relativa a una red informatizada de enlace entre autoridades veterinarias (ANIMO) (DO L 221 de 9.8.1991, p. 30).

    (3)  Decisión 92/175/CEE de la Comisión, de 21 de febrero de 1992, por la que se procede a la identificación de las unidades de la red informatizada «ANIMO» y se establece la lista de las mismas (DO L 80 de 25.3.1992, p. 1).

    (4)  Decisión 92/176/CEE de la Comisión, de 2 de marzo de 1992, relativa a los mapas geográficos que han de preverse a efectos de la red «ANIMO» (DO L 80 de 25.3.1992, p. 33).


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