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Document 62014CA0239
Case C-239/14: Judgment of the Court (Fourth Chamber) of 17 December 2015 (request for a preliminary ruling from the Tribunal du travail de Liège — Belgium) — Abdoulaye Amadou Tall v Centre public d’action sociale de Huy (Reference for a preliminary ruling — Area of freedom, security and justice — Directive 2005/85/EC — Minimum standards on procedures in Member States for granting and withdrawing refugee status — Article 39 — Right to an effective remedy — Multiple asylum claims — Non-suspensory effect of an appeal against a decision of the competent national authority not to further examine a subsequent application for asylum — Social protection — Charter of Fundamental Rights of the European Union — Article 19(2) — Article 47)
Asunto C-239/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 17 de diciembre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal du travail de Liège — Bélgica) — Abdoulaye Amadou Tall/Centre public d’action sociale de Huy (Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Directiva 2005/85/CE — Normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado — Artículo 39 — Derecho a la tutela judicial efectiva — Solicitudes múltiples de asilo — Efecto no suspensivo del recurso contra una decisión de la autoridad nacional competente de no seguir examinando una solicitud de asilo posterior — Protección social — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 19, apartado 2 — Artículo 47)
Asunto C-239/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 17 de diciembre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal du travail de Liège — Bélgica) — Abdoulaye Amadou Tall/Centre public d’action sociale de Huy (Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Directiva 2005/85/CE — Normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado — Artículo 39 — Derecho a la tutela judicial efectiva — Solicitudes múltiples de asilo — Efecto no suspensivo del recurso contra una decisión de la autoridad nacional competente de no seguir examinando una solicitud de asilo posterior — Protección social — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 19, apartado 2 — Artículo 47)
DO C 68 de 22.2.2016, p. 6–7
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.2.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 68/6 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 17 de diciembre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal du travail de Liège — Bélgica) — Abdoulaye Amadou Tall/Centre public d’action sociale de Huy
(Asunto C-239/14) (1)
((Procedimiento prejudicial - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Directiva 2005/85/CE - Normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado - Artículo 39 - Derecho a la tutela judicial efectiva - Solicitudes múltiples de asilo - Efecto no suspensivo del recurso contra una decisión de la autoridad nacional competente de no seguir examinando una solicitud de asilo posterior - Protección social - Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Artículo 19, apartado 2 - Artículo 47))
(2016/C 068/08)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal du travail de Liège
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Abdoulaye Amadou Tall
Demandada: Centre public d’action sociale de Huy
En el que participa: Agence fédérale pour l’accueil des demandeurs d’asile (Fedasil)
Fallo
El artículo 39 de la Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado, en relación con los artículos 19, apartado 2, y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una legislación nacional que no confiere efecto suspensivo a un recurso interpuesto contra una decisión, como la controvertida en el litigio principal, de no seguir examinando una solicitud de asilo posterior.