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Document 32015R1745
Commission Implementing Regulation (EU) 2015/1745 of 30 September 2015 entering a name in the register of traditional specialities guaranteed (Hollandse maatjesharing/Hollandse Nieuwe/Holländischer Matjes (TSG))
Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1745 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2015, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Especialidades Tradicionales Garantizadas [Hollandse maatjesharing/Hollandse Nieuwe/Holländischer Matjes (ETG)]
Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1745 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2015, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Especialidades Tradicionales Garantizadas [Hollandse maatjesharing/Hollandse Nieuwe/Holländischer Matjes (ETG)]
DO L 256 de 1.10.2015, p. 4–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
1.10.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 256/4 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1745 DE LA COMISIÓN
de 30 de septiembre de 2015
por el que se inscribe una denominación en el Registro de Especialidades Tradicionales Garantizadas [Hollandse maatjesharing/Hollandse Nieuwe/Holländischer Matjes (ETG)]
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 52, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) no 1151/2012, la solicitud de registro de la denominación «Hollandse maatjesharing»/«Hollandse Nieuwe»/«Holländischer Matjes» presentada por los Países Bajos ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (2). |
(2) |
Dado que no se ha presentado a la Comisión declaración de oposición alguna con arreglo al artículo 51 del Reglamento (UE) no 1151/2012, procede registrar la denominación citada. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda registrada la denominación «Hollandse maatjesharing»/«Hollandse Nieuwe»/«Holländischer Matjes» (ETG).
La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.7 Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados, del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) no 668/2014 de la Comisión (3).
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2015.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.
(2) DO C 156 de 12.5.2015, p. 19.
(3) Reglamento de Ejecución (UE) no 668/2014 de la Comisión, de 13 de junio de 2014, que establece las normas de desarrollo del Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 179 de 19.6.2014, p. 36).