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Document 62016TN0868

    Asunto T-868/16: Recurso interpuesto el 11 de diciembre de 2016 — QI y otros/Comisión y BCE

    DO C 30 de 30.1.2017, p. 58–58 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    30.1.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 30/58


    Recurso interpuesto el 11 de diciembre de 2016 — QI y otros/Comisión y BCE

    (Asunto T-868/16)

    (2017/C 030/66)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandantes: QI (Atenas, Grecia) y otros 15 demandantes (representantes: S. Pappas e I. Ioannidis, abogados)

    Demandadas: Comisión Europea, Banco Central Europeo

    Pretensiones

    Las demandantes solicitan al Tribunal General que:

    Ordene a la Unión Europea y/o al Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) que abonen una compensación por las cantidades detalladas en el escrito de demanda en concepto de daño sufrido por las demandantes a raíz de su participación ilegal en la reestructuración de la deuda pública griega debido a la activación de las cláusulas de acción colectiva readaptadas.

    Con carácter subsidiario, ordene a la Unión y/o al Banco Central Europeo (BCE) que abonen a las demandantes una compensación por las cantidades detalladas en el escrito de demanda en concepto de daño sufrido a raíz de la exclusión ilegal de los acreedores del sector público griego con respecto a la reestructuración de la deuda pública griega.

    Con carácter subsidiario de segundo grado, ordene al BCE que abone a las demandantes una compensación de los daños detallados en el escrito de demanda para cada demandante, derivados de la exclusión ilegal del SEBC con respecto a la reestructuración de la deuda pública griega.

    Condene en costas al BCE y/o a la Unión.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en que la actuación de la Unión y/o del BCE y/o del SEBC se realizó ultra vires y con infracción de los artículos 120 TFUE a 126 TFUE, 127 TFUE y 352 TFUE, apartado 1.

    2.

    Segundo motivo, basado en que la actuación del BCE y del SEBC en lo relativo, en particular, a la exclusión del SEBC con respecto a la reestructuración infringe el artículo 123 TFUE.

    3.

    Tercer motivo, basado en que la actuación de la Unión y/o del BCE y/o del SEBC vulnera el derecho a la propiedad de las demandantes, protegido por el artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales.

    4.

    Cuarto motivo, basado en que la actuación de la Unión y/o del BCE y/o del SEBC vulnera la libre circulación de capitales, protegida por el artículo 63 TFUE.

    5.

    Quinto motivo, basado en que la actuación de la Unión y/o del BCE y/o del SEBC vulnera el derecho a la igualdad de trato de las demandantes, protegido por el artículo 20 de la Carta de los Derechos Fundamentales.


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