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Document 62012CN0547

Asunto C-547/12 P: Recurso de casación interpuesto el 28 de noviembre de 2012 por la República Helénica contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 10 de octubre de 2012 en el asunto T-158/09, Grecia/Comisión

DO C 26 de 26.1.2013, p. 38–38 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.1.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 26/38


Recurso de casación interpuesto el 28 de noviembre de 2012 por la República Helénica contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 10 de octubre de 2012 en el asunto T-158/09, Grecia/Comisión

(Asunto C-547/12 P)

2013/C 26/72

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Recurrente: República Helénica (representantes: I. Chalkias y S. Papaïoannou, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se estime el recurso de casación y se anule la sentencia impugnada del Tribunal General de la Unión Europea, en la parte en que dicho Tribunal declaró que en el expediente 4 Magrizos II, EL./1995/017 la Comisión imputó lícitamente una negligencia por parte de las autoridades helénicas, por lo que se refiere a la recuperación de las cantidades de que se trata.

Que se estime el primer motivo del recurso mediante el cual se solicita la anulación de la Decisión de la Comisión porque no concurren los requisitos para la aplicación del artículo 32 del Reglamento 1290/2005 y por la imputación por parte de la Comisión a cargo de la República Helénica de la cantidad de 276 347,86 euros en dicho expediente.

Que se condene a la Comisión a pagar las costas de la República Helénica.

Motivos y principales alegaciones

El Tribunal General de la Unión Europea, distorsionando manifiestamente el contenido de los elementos de prueba de los actos procesales, interpretó erróneamente las circunstancias de hecho en el expediente 4 Magrizos II, EL./1995/017, llegando a la conclusión errónea que en dicho asunto concurrían los requisitos para la aplicación del artículo 32 del Reglamento 1290/2005 así como la imputación por parte de la Comisión a cargo de la República Helénica de la cantidad de 276 347,86 euros.


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