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Document 62012CN0511

Asunto C-511/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Central Administrativo Norte (Portugal) el 12 de noviembre de 2012 — Joaquim Fernando Macedo Maia y otros/Fundo de Garantia Salarial, IP

DO C 26 de 26.1.2013, p. 32–32 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.1.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 26/32


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Central Administrativo Norte (Portugal) el 12 de noviembre de 2012 — Joaquim Fernando Macedo Maia y otros/Fundo de Garantia Salarial, IP

(Asunto C-511/12)

2013/C 26/60

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Central Administrativo Norte

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: Joaquim Fernando Macedo Maia, António Pereira Teixeira, António Joaquim Moreira David y Joaquim Albino Moreira David

Recurrida: Fundo de Garantia Salarial, IP

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión en el ámbito concreto de la garantía de los créditos salariales por insolvencia del empresario –en especial, los artículos 4 y 10 de la Directiva 80/987/CEE– (1) en el sentido de que se opone a una disposición de Derecho nacional que únicamente garantiza los créditos devengados dentro de los seis meses anteriores al ejercicio de la acción por insolvencia del empresario aun en el caso de que los trabajadores hayan actuado contra aquél ante el Tribunal do Trabalho al objeto de obtener la determinación judicial del importe adeudado y su cobro coercitivo?


(1)  Directiva del Consejo, de 20 de octubre de 1980, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario (DO L 283, p. 23; EE 05/02, p. 219).


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