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Document 62012CN0511
Case C-511/12: Reference for a preliminary ruling from the Tribunal Central Administrativo Norte (Portugal) lodged on 12 November 2012 — Joaquim Fernando Macedo Maia and Others v Fundo de Garantia Salarial, IP
Asunto C-511/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Central Administrativo Norte (Portugal) el 12 de noviembre de 2012 — Joaquim Fernando Macedo Maia y otros/Fundo de Garantia Salarial, IP
Asunto C-511/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Central Administrativo Norte (Portugal) el 12 de noviembre de 2012 — Joaquim Fernando Macedo Maia y otros/Fundo de Garantia Salarial, IP
DO C 26 de 26.1.2013, p. 32–32
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
26.1.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 26/32 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Central Administrativo Norte (Portugal) el 12 de noviembre de 2012 — Joaquim Fernando Macedo Maia y otros/Fundo de Garantia Salarial, IP
(Asunto C-511/12)
2013/C 26/60
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Central Administrativo Norte
Partes en el procedimiento principal
Recurrentes: Joaquim Fernando Macedo Maia, António Pereira Teixeira, António Joaquim Moreira David y Joaquim Albino Moreira David
Recurrida: Fundo de Garantia Salarial, IP
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión en el ámbito concreto de la garantía de los créditos salariales por insolvencia del empresario –en especial, los artículos 4 y 10 de la Directiva 80/987/CEE– (1) en el sentido de que se opone a una disposición de Derecho nacional que únicamente garantiza los créditos devengados dentro de los seis meses anteriores al ejercicio de la acción por insolvencia del empresario aun en el caso de que los trabajadores hayan actuado contra aquél ante el Tribunal do Trabalho al objeto de obtener la determinación judicial del importe adeudado y su cobro coercitivo?
(1) Directiva del Consejo, de 20 de octubre de 1980, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario (DO L 283, p. 23; EE 05/02, p. 219).