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Dokuments 62008CA0471
Case C-471/08: Judgment of the Court (Third Chamber) of 1 July 2010 (reference for a preliminary ruling from the Helsingin käräjäoikeus — Finland) — Sanna Maria Parviainen v Finnair Oyj (Social policy — Directive 92/85/EEC — Protection of the safety and health at work of pregnant workers and workers who have recently given birth or are breastfeeding — Articles 5(2) and 11(1) — Worker temporarily transferred to another job during her pregnancy — Compulsory transfer because of a risk to her safety or health and that of her child — Pay less than the average pay received before the transfer — Previous pay made up of a basic salary and various supplementary allowances — Calculation of the salary to which a pregnant worker is entitled during the period of her temporary transfer)
Asunto C-471/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 1 de julio de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Helsingin käräjäoikeus — Finlandia) — Sanna Maria Parviainen/Finnair Oyj (Política social — Directiva 92/85/CEE — Protección de la seguridad y de la salud de las trabajadoras embarazadas, que hayan dado a luz o en período de lactancia — Artículos 5, apartado 2, y 11, punto 1 — Trabajadora destinada provisionalmente en otro puesto de trabajo durante su embarazo — Traslado obligatorio a otro puesto a causa de un riesgo para su seguridad o su salud y la de su hijo — Remuneración inferior a la remuneración media percibida antes de ese traslado — Remuneración anterior compuesta de un salario base y de diversos complementos — Cálculo del salario al que tiene derecho la trabajadora embarazada durante su destino provisional)
Asunto C-471/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 1 de julio de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Helsingin käräjäoikeus — Finlandia) — Sanna Maria Parviainen/Finnair Oyj (Política social — Directiva 92/85/CEE — Protección de la seguridad y de la salud de las trabajadoras embarazadas, que hayan dado a luz o en período de lactancia — Artículos 5, apartado 2, y 11, punto 1 — Trabajadora destinada provisionalmente en otro puesto de trabajo durante su embarazo — Traslado obligatorio a otro puesto a causa de un riesgo para su seguridad o su salud y la de su hijo — Remuneración inferior a la remuneración media percibida antes de ese traslado — Remuneración anterior compuesta de un salario base y de diversos complementos — Cálculo del salario al que tiene derecho la trabajadora embarazada durante su destino provisional)
DO C 234 de 28.8.2010., 9./9. lpp.
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
28.8.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 234/9 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 1 de julio de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Helsingin käräjäoikeus — Finlandia) — Sanna Maria Parviainen/Finnair Oyj
(Asunto C-471/08) (1)
(Política social - Directiva 92/85/CEE - Protección de la seguridad y de la salud de las trabajadoras embarazadas, que hayan dado a luz o en período de lactancia - Artículos 5, apartado 2, y 11, punto 1 - Trabajadora destinada provisionalmente en otro puesto de trabajo durante su embarazo - Traslado obligatorio a otro puesto a causa de un riesgo para su seguridad o su salud y la de su hijo - Remuneración inferior a la remuneración media percibida antes de ese traslado - Remuneración anterior compuesta de un salario base y de diversos complementos - Cálculo del salario al que tiene derecho la trabajadora embarazada durante su destino provisional)
2010/C 234/13
Lengua de procedimiento: finés
Órgano jurisdiccional remitente
Helsingin käräjäoikeus
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Sanna Maria Parviainen
Demandada: Finnair Oyj
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Helsingin käräjäoikeus — Interpretación del artículo 11, apartado 1, de la Directiva 92/85/CE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia (DO L 348, p. 1) — Azafata que ha desarrollado la actividad propia de jefe de cabina, trasladada a causa de su embarazo a un puesto de trabajo con una retribución inferior a la correspondiente al puesto de trabajo en tierra ocupado antes del traslado — Mantenimiento de una retribución equivalente a la percibida con anterioridad al traslado.
Fallo
El artículo 11, punto 1, de la Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia (décima Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE) debe interpretarse en el sentido de que una trabajadora embarazada que, conforme al artículo 5, apartado 2, de esa Directiva 92/85 haya sido provisionalmente destinada, a causa de su embarazo, a un puesto de trabajo en el que realiza tareas distintas de las que ejercía antes de ese traslado, no tiene derecho a la remuneración que percibía como promedio antes del citado traslado. Además del mantenimiento de su salario base, dicha trabajadora tiene derecho en virtud del citado artículo 11, punto 1, a los componentes de la remuneración o a los complementos inherentes a su condición profesional, como los complementos relacionados con su calidad de superiora jerárquica, con su antigüedad y con sus cualificaciones profesionales. Si bien el artículo 11, punto 1, de la Directiva 92/85 no se opone a la utilización de un método de cálculo de la remuneración que debe pagarse a dicha trabajadora basado en el importe promedio de los complementos ligados a las condiciones de trabajo de todo el personal de vuelo perteneciente al mismo grupo salarial durante un período de referencia determinado, la falta de cómputo de los componentes de la remuneración o de los complementos antes referidos debe considerase contraria a esa última disposición.