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Document 32011R0168
Commission Regulation (EU) No 168/2011 of 23 February 2011 amending Regulation (EU) No 107/2010 as regards the use of the feed additive Bacillus subtilis ATCC PTA-6737 in feed containing maduramycin ammonium, monensin sodium, narasin, or robenidine hydrochloride Text with EEA relevance
Reglamento (UE) n ° 168/2011 de la Comisión, de 23 de febrero de 2011 , que modifica el Reglamento (UE) n ° 107/2010 en lo querespecta a la utilización del aditivo para la alimentación animal Bacillus subtilis ATCC PTA-6737 en piensos que contengan maduramicina de amonio, monensina sódica, narasina o clorhidrato de robenidina Texto pertinente a efectos del EEE
Reglamento (UE) n ° 168/2011 de la Comisión, de 23 de febrero de 2011 , que modifica el Reglamento (UE) n ° 107/2010 en lo querespecta a la utilización del aditivo para la alimentación animal Bacillus subtilis ATCC PTA-6737 en piensos que contengan maduramicina de amonio, monensina sódica, narasina o clorhidrato de robenidina Texto pertinente a efectos del EEE
DO L 49 de 24.2.2011, pp. 4–5
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
No longer in force, Date of end of validity: 08/03/2023; derog. impl. por 32023R0366
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24.2.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 49/4 |
REGLAMENTO (UE) N o 168/2011 DE LA COMISIÓN
de 23 de febrero de 2011
que modifica el Reglamento (UE) no 107/2010 en lo querespecta a la utilización del aditivo para la alimentación animal Bacillus subtilis ATCC PTA-6737 en piensos que contengan maduramicina de amonio, monensina sódica, narasina o clorhidrato de robenidina
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 13, apartado 3,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (CE) no 1831/2003 prevé la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. |
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(2) |
En el Reglamento (CE) no 1831/2003 se prevé la posibilidad de modificar la autorización de un aditivo para piensos a petición del titular de la autorización y previo dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad»). |
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(3) |
El uso del preparado a base de microorganismos de Bacillus subtilis ATCC PTA-6737 se autorizó para un período diez años para pollos de engorde a través del Reglamento (UE) no 107/2010 de la Comisión (2). |
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(4) |
El titular de la autorización solicitó una modificación de la autorización de Bacillus subtilis ATCC PTA-6737 a fin de permitir su utilización en piensos que contengan los coccidiostáticos maduramicina de amonio, monensina sódica, narasina o clorhidrato de robenidina para pollos de engorde. El titular de la autorización presentó los datos pertinentes en apoyo de su solicitud. |
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(5) |
La Autoridad concluyó en su dictamen de 7 de octubre de 2010 que el aditivo Bacillus subtilis ATCC PTA-6737 es compatible con maduramicina de amonio, monensina sódica, narasina o clorhidrato de robenidina (3). |
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(6) |
Se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. |
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(7) |
Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) no 107/2010 en consecuencia. |
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(8) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo del Reglamento (UE) no 107/2010 se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 23 de febrero de 2011.
Por la Comisión
El Presidente
José Manuel BARROSO
(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.
(2) DO L 36 de 9.2.2010, p. 1.
(3) The EFSA Journal, 2010,8(10):1863.
ANEXO
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Número de identificación del aditivo |
Nombre del titular de la autorización |
Aditivo |
Composición, fórmula química, descripción y método analítico |
Especie o categoría de animal |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Expiración del período de autorización |
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UFC/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % |
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Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: estabilizadores de la flora intestinal |
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4b1823 |
Kemin Europa NV |
Bacillus subtilis ATCC PTA-6737 |
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Pollos de engorde |
— |
1 × 107 |
— |
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1.3.2020 |
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(1) Para más información sobre los métodos analíticos, consúltese la siguiente dirección del laboratorio comunitario de referencia: www.irmm.jrc.be/crl-feed-additives