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Document 62008CB0559

Asunto C-559/08 P: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 16 de septiembre de 2010 — Deepak Rajani (Dear!Net Online)/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), Artoz-Papier AG (Recurso de casación — Marca comunitaria — Marca denominativa ATOZ — Oposición del titular de la marca denominativa internacional ARTOZ — Denegación de registro)

DO C 80 de 12.3.2011, p. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.3.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 80/6


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 16 de septiembre de 2010 — Deepak Rajani (Dear!Net Online)/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), Artoz-Papier AG

(Asunto C-559/08 P) (1)

(Recurso de casación - Marca comunitaria - Marca denominativa ATOZ - Oposición del titular de la marca denominativa internacional ARTOZ - Denegación de registro)

2011/C 80/10

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Deepak Rajani (representante: A. Kockläuner, Rechtsanwalt)

Otras partes en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: A. Folliard-Monguiral, agente), Artoz-Papier AG

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava), de 26 de noviembre de 2008, Rajani/OAMI — Artoz-Papier (ATOZ) (T-100/06), mediante la que el Tribunal desestimó un recurso de anulación interpuesto por el solicitante de la marca denominativa ATOZ para servicios de las clases 35 y 41 contra la resolución R 1126/2004-2 de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), de 11 de enero de 2006, por la que se desestima el recurso interpuesto contra la resolución de la División de Oposición mediante la que se deniega el registro de dicha marca en el marco de la oposición formulada por el titular de las marcas denominativas internacionales «ARTOZ» para servicios de las clases 35 y 41.

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas al Sr. Rajani.


(1)  DO C 82, de 4.4.2009.


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