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Document 62007TB0188

Asunto T-188/07: Auto del Tribunal de Primera Instancia de 25 de noviembre de 2008 — Fastweb/Comisión ( Ayudas de Estado — Subvenciones para la adquisición de descodificadores digitales — Telecomunicaciones — Decisión de la Comisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado común — Decisión adoptada durante el procedimiento por el Estado miembro de no proceder a la recuperación de la ayuda de la empresa que impugno la Decisión de la Comisión en el marco de un recurso de anulación — Desaparición del interés en ejercitar la acción — Sobreseimiento )

DO C 32 de 7.2.2009, p. 35–35 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

7.2.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/35


Auto del Tribunal de Primera Instancia de 25 de noviembre de 2008 — Fastweb/Comisión

(Asunto T-188/07) (1)

(«Ayudas de Estado - Subvenciones para la adquisición de descodificadores digitales - Telecomunicaciones - Decisión de la Comisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado común - Decisión adoptada durante el procedimiento por el Estado miembro de no proceder a la recuperación de la ayuda de la empresa que impugno la Decisión de la Comisión en el marco de un recurso de anulación - Desaparición del interés en ejercitar la acción - Sobreseimiento»)

(2009/C 32/66)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Fastweb SpA (Milán, Italia) (representantes: M. Merola y T. Ubaldi, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: B. Martenczuk, G. Conte y E. Righini, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Sky Italia Srl (Roma) (representantes: F. González Díaz y D. Gerard, abogados); y Centro Europa 7 Srl (Roma) (representantes: R. Mastroianni, F. Ferraro y M. Condinanzi, abogados)

Objeto

Demanda de anulación de la Decisión 2007/374/CE de la Comisión, de 24 de enero de 2007, relativa a la ayuda estatal C 52/2005 (ex NN 88/2005, ex CP 101/2004) ejecutada por la República Italiana para la adquisición de descodificadores digitales (DO L 147, p. 1).

Fallo

1)

Sobreseer el presente recurso.

2)

Cada parte cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 170 de 21.7.2007.


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