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Document 62021CN0636

    Asunto C-636/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 15 de octubre de 2021 — NN / Regione Lombardia

    DO C 2 de 3.1.2022, p. 24–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    3.1.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 2/24


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 15 de octubre de 2021 — NN / Regione Lombardia

    (Asunto C-636/21)

    (2022/C 2/29)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Órgano jurisdiccional remitente

    Consiglio di Stato

    Partes en el procedimiento principal

    Recurrente: NN

    Recurrida: Regione Lombardia

    Cuestión prejudicial

    ¿Se oponen el artículo 220 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) y el Reglamento de Ejecución n.o 2019/1323/UE (2) de la Comisión, de 2 de agosto de 2019, a una normativa nacional [como la establecida en [la] Orden Ministerial de 15 de enero de 2020 del Ministro delle Politiche Agricole, Alimentari e Forestali (Ministro de Políticas Agrícolas, Alimentarias y Forestales)] que se interpreta y aplica en el sentido de que restringe el acceso a las medidas de compensación de los daños causados por la gripe aviar únicamente a las empresas que no hubieran cesado su actividad en la fecha de presentación de la solicitud?


    (1)  Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO 2013, L 347, p. 671).

    (2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1323 de la Comisión, de 2 de agosto de 2019, sobre medidas excepcionales de apoyo al mercado en los sectores de los huevos y de la carne de aves de corral en Italia (DO 2019, L 206, p. 12).


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