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Document 62019TN0334

    Asunto T-334/19: Recurso interpuesto el 4 de junio de 2019 — Google y Alphabet/Comisión

    DO C 255 de 29.7.2019, p. 46–48 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    29.7.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 255/46


    Recurso interpuesto el 4 de junio de 2019 — Google y Alphabet/Comisión

    (Asunto T-334/19)

    (2019/C 255/60)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandantes: Google LLC (Mountain View, California, Estados Unidos), Alphabet, Inc. (Mountain View) (representantes: C. Jeffs, abogada, J. Staples, Solicitor, D. Beard, QC, y J. Williams, Barrister)

    Demandada: Comisión Europea

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule (en su totalidad o en parte) la decisión de la Comisión de 20 de marzo de 2019 en el asunto COMP/AT.40411 — Google Search (AdSense).

    En consecuencia, o con carácter subsidiario, anule o reduzca la multa impuesta a las demandantes en el ejercicio de la competencia jurisdiccional plena del Tribunal de Justicia.

    En cualquier caso, condene a la Comisión a cargar con las costas de las demandantes generadas en este procedimiento.

    Motivos y principales alegaciones

    El presente recurso tiene por objeto la anulación de la decisión de la Comisión de 20 de marzo de 2019 relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 102 TFUE y el artículo 54 del Acuerdo EEE [AT.40411 — Google Search (AdSense)]. Las demandantes solicitan la anulación de cada una de las tres infracciones declaradas, de la conclusión de que constituían una única infracción continuada y de la imposición de una multa.

    En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en que la decisión impugnada incurrió en error en su apreciación de la definición de mercado y por ello de lo que constituye posición dominante. En concreto, la decisión impugnada incurrió en error al concluir que:

    Los «search ads» (anuncios de búsqueda) y «non-search ads» (anuncios no relacionados con la búsqueda) no compiten.

    Los anuncios vendidos directamente y aquellos vendidos a través de intermediarios no compiten.

    2.

    Segundo motivo, basado en que la decisión impugnada incurrió en error al concluir que la denominada cláusula de exclusividad de Google («Site exclusivity clause») era abusiva. La decisión impugnada:

    Caracteriza erróneamente la «Site exclusivity clause» como una obligación de suministro exclusivo.

    Incurre en error al concluir que la decisión no debía examinar si era probable que la «Site exclusivity clause» tuviese efectos contrarios a la competencia.

    No acredita que fuera probable que la «Site exclusivity clause», cualquiera que sea su naturaleza jurídica, pueda restringir la competencia.

    3.

    Tercer motivo, basado en que la decisión impugnada incurre en error al concluir que la cláusula de ubicación privilegiada y de un mínimo de anuncios de Google («Placement clause») era abusiva. La decisión impugnada:

    Califica erróneamente la «Placement clause».

    No acredita que fuera probable que la «Placement clause» pueda restringir la competencia.

    4.

    Cuarto motivo, basado en que la decisión impugnada incurre en error al concluir que la cláusula de autorización de anuncios equivalentes de Google («Modification clause») era abusiva. La decisión impugnada:

    No acredita que fuera probable que la «Modification clause» pueda restringir la competencia.

    Con carácter subsidiario, ignora erróneamente que la «Modification clause» estaba objetivamente justificada porque protegía a los usuarios del sitio de Internet, a los editores, anunciantes y a Google y/o que cualquier efecto de bloqueo quedaba compensado por las ventajas de la cláusula.

    5.

    Quinto motivo, basado en que la decisión impugnada incurre en error al imponer una multa y al calcular dicha multa. La decisión impugnada:

    No toma en consideración la ausencia de intencionalidad (dolo) o negligencia por parte de Google y que la Comisión eligió este asunto para alcanzar compromisos.

    Con carácter subsidiario, incurre en error al calcular la multa.

    Con carácter adicional o subsidiario, no respeta el principio de proporcionalidad.


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