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Document 62019CN0788

    Asunto C-788/19: Recurso interpuesto el 23 de octubre de 2019 – Comisión Europea/Reino de España

    DO C 432 de 23.12.2019, p. 30–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    23.12.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 432/30


    Recurso interpuesto el 23 de octubre de 2019 – Comisión Europea/Reino de España

    (Asunto C-788/19)

    (2019/C 432/35)

    Lengua de procedimiento: español

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: N. Gossement y C. Perrin, agentes)

    Demandada: Reino de España

    Pretensiones

    Que se declare que el Reino de España:

    ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 21, 45, 56 y 63 del TFUE y los artículos 28, 31, 36 y 40 del Acuerdo sobre el EEE.

    al establecer consecuencias del incumplimiento de la obligación informativa respecto de los bienes y derechos en el extranjero o de la presentación extemporánea del «Modelo720», que conllevan la calificación de dichos activos como ganancias patrimoniales no justificadas que no prescriben;

    al imponer automáticamente una multa pecuniaria fija del 150 % aplicable en caso de incumplimiento con la obligación informativa respecto de los bienes y derechos en el extranjero o de presentación extemporánea del «Modelo 720»;

    al aplicar multas pecuniarias fijas por incumplimiento de la obligación de información respecto de los bienes y derechos en el extranjero o por presentación extemporánea del «Modelo 720», cuyo nivel es superior a aquello de las sanciones previstas por el régimen general para infracciones similares;

    Que se condene en costas al Reino de España.

    Motivos y principales alegaciones

    La normativa tributaria española impone a los residentes fiscales en España una obligación de declarar determinados bienes y derechos situados en el extranjero a través un formulario de declaración fiscal («Modelo 720»). En caso de incumplimiento o de cumplimiento incorrecto de dicha obligación, se aplica un régimen sancionador específico.

    La Comisión llega a la conclusión que las sanciones que consisten en la calificación de los activos como ganancias patrimoniales, la inaplicación de las reglas normales de prescripción y las multas pecuniarias fijas, constituyen una restricción a las libertades fundamentales del TFUE y del EEE. Aunque en principio estas medidas puedan ser adecuadas para alcanzar los objetivos perseguidos que son la prevención y la lucha contra la elusión y el fraude fiscal, resultan desproporcionadas.


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