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Document 62018CN0270
Case C-270/18: Request for a preliminary ruling from the Conseil d’État (France) lodged on 19 April 2018 — UPM France v Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics
Asunto C-270/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 19 de abril de 2018 — UPM France / Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics
Asunto C-270/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 19 de abril de 2018 — UPM France / Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics
DO C 211 de 18.6.2018, p. 18–18
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Asunto C-270/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 19 de abril de 2018 — UPM France / Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics
Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 19 de abril de 2018 — UPM France / Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics
(Asunto C-270/18)
2018/C 211/22Lengua de procedimiento: francésÓrgano jurisdiccional remitente
Conseil d’État
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: UPM France
Recurridas: Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse lo dispuesto en el artículo 21, apartado 5, párrafo tercero, de la Directiva ( 1 ) en el sentido de que la facultad que dicha norma reconoce a los Estados miembros para establecer una exención en favor de los pequeños productores de electricidad, siempre que sometan a imposición los productos energéticos utilizados para la producción de dicha electricidad, puede aplicarse en una situación, como la descrita en el apartado 7 de la presente resolución respecto del período anterior al 1 de enero de 2011, en que Francia, de conformidad con la Directiva, aún no había introducido el impuesto interior sobre el consumo final de la electricidad ni había previsto, en consecuencia, una exención de dicho impuesto en favor de los pequeños productores? |
2) |
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿cómo deben combinarse las disposiciones del artículo 14, apartado 1, letra a), de la Directiva con las de su artículo 21, apartado 5, párrafo tercero, respecto de los pequeños productores que consumen la electricidad que generan para las necesidades de su actividad? En particular, ¿conllevan una imposición mínima derivada o bien de la sujeción al impuesto de la electricidad generada, con una exención del gas natural utilizado, o bien de una exención del impuesto sobre la generación eléctrica, en cuyo caso el Estado debe gravar el gas natural utilizado? |
( 1 ) Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad (DO 2003, L 283, p. 51).