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Document 62017CA0246
Case C-246/17: Judgment of the Court (First Chamber) of 27 June 2018 (request for a preliminary ruling from the Conseil d’État — Belgium) — Ibrahima Diallo v État belge (Reference for a preliminary ruling — Citizens of the European Union — Directive 2004/38/EC — Article 10(1) — Application for a residence card as a family member — Issuance — Time limit — Adoption and notification of the decision — Consequences of non-compliance with the period — Procedural autonomy of Member States — Principle of effectiveness)
Asunto C-246/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 27 de junio de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Bélgica) — Ibrahima Diallo / État belge (Procedimiento prejudicial — Ciudadanía de la Unión Europea — Directiva 2004/38/CE — Artículo 10, apartado 1 — Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión — Expedición — Plazo — Adopción y notificación de la decisión — Consecuencias del incumplimiento del plazo de seis meses — Autonomía de procedimiento de los Estados miembros — Principio de efectividad)
Asunto C-246/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 27 de junio de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Bélgica) — Ibrahima Diallo / État belge (Procedimiento prejudicial — Ciudadanía de la Unión Europea — Directiva 2004/38/CE — Artículo 10, apartado 1 — Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión — Expedición — Plazo — Adopción y notificación de la decisión — Consecuencias del incumplimiento del plazo de seis meses — Autonomía de procedimiento de los Estados miembros — Principio de efectividad)
DO C 294 de 20.8.2018, p. 10–11
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Asunto C-246/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 27 de junio de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Bélgica) — Ibrahima Diallo / État belge (Procedimiento prejudicial — Ciudadanía de la Unión Europea — Directiva 2004/38/CE — Artículo 10, apartado 1 — Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión — Expedición — Plazo — Adopción y notificación de la decisión — Consecuencias del incumplimiento del plazo de seis meses — Autonomía de procedimiento de los Estados miembros — Principio de efectividad)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 27 de junio de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Bélgica) — Ibrahima Diallo / État belge
(Asunto C-246/17) ( 1 )
«(Procedimiento prejudicial — Ciudadanía de la Unión Europea — Directiva 2004/38/CE — Artículo 10, apartado 1 — Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión — Expedición — Plazo — Adopción y notificación de la decisión — Consecuencias del incumplimiento del plazo de seis meses — Autonomía de procedimiento de los Estados miembros — Principio de efectividad)»
2018/C 294/13Lengua de procedimiento: francésÓrgano jurisdiccional remitente
Conseil d’État
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Ibrahima Diallo
Demandada: État belge
Fallo
1) |
El artículo 10, apartado 1, de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros por la que se modifica el Reglamento (CEE) no 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE, debe interpretarse en el sentido de que la decisión relativa a la solicitud de permiso de residencia de miembro de la familia de un ciudadano de la Unión Europea debe adoptarse y notificarse dentro del plazo de seis meses establecido en la citada disposición. |
2) |
La Directiva 2004/38 debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que obliga a las autoridades nacionales competentes a expedir de oficio una tarjeta de residencia de miembro de la familia de un ciudadano de la Unión al interesado, si se sobrepasa el plazo de seis meses establecido en el artículo 10, apartado 1, de la Directiva 2004/38, sin comprobar previamente si el interesado reúne efectivamente los requisitos para residir en el Estado miembro de acogida de conformidad con el Derecho de la Unión. |
3) |
El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional como la controvertida en el litigio principal, con arreglo a la cual, tras la anulación judicial de una decisión por la que se denegó la expedición de una tarjeta de residencia de miembro de la familia de un ciudadano de la Unión Europea, la autoridad nacional competente recupera automáticamente la totalidad del plazo de seis meses establecido en el artículo 10, apartado 1, de la Directiva 2004/38. |
( 1 ) DO C 231 de 17.7.2017.