Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62009CN0516

    Asunto C-516/09: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Austria) el 11 de diciembre de 2009 — Tanja Borger/Tiroler Gebietskrankenkasse

    DO C 63 de 13.3.2010, p. 25–25 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    13.3.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 63/25


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Austria) el 11 de diciembre de 2009 — Tanja Borger/Tiroler Gebietskrankenkasse

    (Asunto C-516/09)

    2010/C 63/41

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Oberster Gerichtshof

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Tanja Borger

    Demandada: Tiroler Gebietskrankenkasse

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Debe interpretarse el artículo 1, letra a), del Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena y a sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (1) en el sentido de que el mismo también se aplica durante un período de seis meses a una persona que, una vez finalizada la excedencia laboral de dos años desde el nacimiento de su hijo prevista legalmente, acuerda con su empresario una prórroga de la suspensión de la relación laboral por otros seis meses con la finalidad de agotar el plazo legal máximo de percepción de una prestación familiar por el cuidado de los hijos o del correspondiente pago único compensatorio, y posteriormente resuelve la relación laboral?

    2)

    En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, ¿debe interpretarse el artículo 1, letra a), del Reglamento (CEE) no 1408/71 en el sentido de que el mismo también se aplica durante un período de seis meses a una persona que, una vez finalizada la excedencia laboral de dos años prevista legalmente, acuerda con su empresario una prórroga de la suspensión de la relación laboral por otros seis meses, si recibe durante ese tiempo una prestación familiar por el cuidado de los hijos o el correspondiente pago único compensatorio?


    (1)  DO L 149, p. 2; EE 05/01, p. 98.


    Top