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Document 62008CB0336

Asunto C-336/08: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 14 de octubre de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landessozialgericht Berlin — Alemania) — Christel Reinke/AOK Berlin (Procedimiento prejudicial — Sobreseimiento)

DO C 63 de 26.2.2011, p. 13–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.2.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 63/13


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 14 de octubre de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landessozialgericht Berlin — Alemania) — Christel Reinke/AOK Berlin

(Asunto C-336/08) (1)

(Procedimiento prejudicial - Sobreseimiento)

2011/C 63/24

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landessozialgericht Berlin

Partes

Demandante: Christel Reinke

Demandada: AOK Berlin

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Landessozialgericht Berlin — Interpretación de los artículos 18 CE, 49 CE y 50 CE, y del artículo 34, apartados 4 y 5, del Reglamento (CEE) no 574/72 del Consejo, de 21 de marzo de 1972, por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (CEE) no 1408/71, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplacen dentro de la Comunidad (DO L 74, p. 1; EE 05/01, p. 156) — Reembolso de gastos médicos vinculados al tratamiento de urgencia del nacional de un Estado miembro en una clínica privada de otro Estado miembro como consecuencia de la negativa del hospital público competente, por falta de capacidad, a proporcionar dicha prestación — Normativa nacional del Estado miembro competente que excluye el reembolso de gastos médicos derivados de un tratamiento de urgencia en una clínica privada de otro Estado miembro pero que permite el reembolso de dichos gastos facturados por una clínica privada situada en territorio nacional.

Fallo

No procede responder a la petición de decisión prejudicial planteada por el Landessozialgericht Berlin-Brandenburg (Alemania) mediante resolución de 27 de junio de 2008.


(1)  DO C 260, de 11.10.2008.


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