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Document 62018TN0217
Case T-217/18: Action brought on 28 March 2018 — DK v EEAS
Asunto T-217/18: Recurso interpuesto el 28 de marzo del 2018 — DK/SEAE
Asunto T-217/18: Recurso interpuesto el 28 de marzo del 2018 — DK/SEAE
DO C 211 de 18.6.2018, p. 27–27
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Asunto T-217/18: Recurso interpuesto el 28 de marzo del 2018 — DK/SEAE
Recurso interpuesto el 28 de marzo del 2018 — DK/SEAE
(Asunto T-217/18)
2018/C 211/34Lengua de procedimiento: francésPartes
Demandante: DK (representantes: S. Orlandi y T. Martin, abogados)
Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la decisión de 23 de mayo de 2017 de infligirle una sanción disciplinaria por la que se reduce en un 20 % el importe neto de su pensión de jubilación, esto es, se le aplica una retención de 1015 euros al mes, hasta el 30 de septiembre de 2025 con arreglo al artículo 9, apartado 2, del anexo IX del Estatuto. |
— |
Con carácter subsidiario, condene al SEAE a abonarle una cantidad de un importe fijado ex aequo et bono en concepto de reparación del perjuicio sufrido. |
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En cualquier caso, condene en costas al SEAE. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la existencia de errores manifiestos de apreciación de los que adolece supuestamente la decisión impugnada, en la medida en que, por un lado, la AFPN tuvo en cuenta un perjuicio causado por la parte demandante a la integridad de las instituciones que, sin embargo, ya se había reparado y, por otro, la duración de la sanción disciplinaria impuesta es arbitraria, en la medida en que se fijó sobre la base de la edad legal de jubilación de la parte demandante. |
2. |
Segundo motivo, basado en la vulneración del principio de proporcionalidad por parte de la decisión impugnada, debido a que no se consideró, ilegalmente, la antigüedad de los hechos, no se tuvo en cuenta la infracción del artículo 25 del anexo IX del Estatuto durante el procedimiento penal y no se consideró la situación familiar de la parte demandante. |