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Document 62015CA0583

    Asunto C-583/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 5 de octubre de 2016 — Comisión Europea/República Portuguesa [«Incumplimiento de Estado — Política de transportes — Reglamento (CE) n.° 1071/2009 — Transportista por carretera — Simplificación y cooperación administrativa — Artículo 16, apartados 1 y 5 — Registro electrónico nacional de empresas de transporte por carretera — Interconexión de los registros electrónicos nacionales»]

    DO C 441 de 28.11.2016, p. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    28.11.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 441/6


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 5 de octubre de 2016 — Comisión Europea/República Portuguesa

    (Asunto C-583/15) (1)

    ([«Incumplimiento de Estado - Política de transportes - Reglamento (CE) n.o 1071/2009 - Transportista por carretera - Simplificación y cooperación administrativa - Artículo 16, apartados 1 y 5 - Registro electrónico nacional de empresas de transporte por carretera - Interconexión de los registros electrónicos nacionales»])

    (2016/C 441/08)

    Lengua de procedimiento: portugués

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Hottiaux, M.M. Farrajota y P. Guerra e Andrade, agentes)

    Demandada: República Portuguesa (representantes: L. Inez Fernandes, M. Figueiredo y C. Guerra Santos, agentes)

    Fallo

    1)

    Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 16, apartados 1 y 5, del Reglamento (CE) n.o 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y por el que se deroga la Directiva 96/26/CE del Consejo, al no haber establecido su registro electrónico nacional de las empresas de transporte por carretera, interconectándolo a los registros electrónicos nacionales de los otros Estados miembros.

    2)

    Condenar en costas a la República Portuguesa.


    (1)  DO C 38 de 1.2.2016, p. 29.


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