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Document 62009CN0551
Case C-551/09: Action brought on 23 December 2009 — European Commission v Republic of Austria
Asunto C-551/09: Recurso interpuesto el 23 de diciembre de 2009 — Comisión Europea/República de Austria
Asunto C-551/09: Recurso interpuesto el 23 de diciembre de 2009 — Comisión Europea/República de Austria
DO C 63 de 13.3.2010, p. 32–32
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
13.3.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 63/32 |
Recurso interpuesto el 23 de diciembre de 2009 — Comisión Europea/República de Austria
(Asunto C-551/09)
2010/C 63/52
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: K. Gross y M. Adam, agentes)
Demandadas: República de Austria
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se declare que la República de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 288 TFUE, así como de los artículos 1 a 3 de la Decisión de la Comisión, de 30 de abril de 2008, en el procedimiento de ayudas C 56/2007 (ex NN 77/2006) sobre la ayuda estatal otorgada por Austria para la privatización de Bank Burgenland (2008/719/CE), al no haber adoptado todas las medidas necesarias para recuperar la ayuda. |
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Que se declare que la República de Austria ha infringido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 288 TFUE, así como del artículo 4 de la Decisión de la Comisión, de 30 de abril de 2008, en el procedimiento de ayudas C 56/2007 (ex NN 77/2006) sobre la ayuda estatal otorgada por Austria para la privatización de Bank Burgenland (2008/719/CE), al no haber comunicado a la Comisión dentro de plazo la información necesaria para el cálculo del importe de la ayuda. |
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Que se condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
La Comisión considera que ha expirado el plazo establecido en la Decisión de la Comisión, de 30 de abril de 2008, en el procedimiento de ayudas C 56/2007 (ex NN 77/2006) sobre la ayuda estatal otorgada por Austria para la privatización de Bank Burgenland (2008/719/CE) para que la República de Austria comunicara la información necesaria para el cálculo del importe de la ayuda.
La República de Austria revocó un acuerdo sobre el importe de la devolución alcanzado por la Comisión y la República de Austria una vez transcurrido el plazo antes citado basándose en que la sociedad que había de devolver la ayuda tenía previsto anular la compra de Bank Burgenland en caso de que se la obligara al pago. Según la República de Austria, esto hubiera tenido graves consecuencias para la economía del Land Burgenland. Sin embargo, la Comisión considera que esto no justifica la renuncia a la devolución exigida.
La obligación de ejecutarla tampoco se ve obstaculizada por la impugnación por vía judicial de la Decisión antes indicada.