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Document 62015CA0318

    Asunto C-318/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 6 de octubre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Piemonte — Italia) — Tecnoedi Costruzioni Srl/Comune di Fossano [Procedimiento prejudicial — Contratos públicos de obras — Directiva 2004/18/CE — Artículo 7, letra c) — Importe de los umbrales de los contratos públicos — Umbral no alcanzado — Ofertas anormalmente bajas — Exclusión automática — Facultad del poder adjudicador — Obligaciones del poder adjudicador resultantes de la libertad de establecimiento, de la libre prestación de servicios y del principio general de no discriminación — Contratos que pueden presentar un interés transfronterizo cierto]

    DO C 441 de 28.11.2016, p. 3–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    28.11.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 441/3


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 6 de octubre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Piemonte — Italia) — Tecnoedi Costruzioni Srl/Comune di Fossano

    (Asunto C-318/15) (1)

    ([Procedimiento prejudicial - Contratos públicos de obras - Directiva 2004/18/CE - Artículo 7, letra c) - Importe de los umbrales de los contratos públicos - Umbral no alcanzado - Ofertas anormalmente bajas - Exclusión automática - Facultad del poder adjudicador - Obligaciones del poder adjudicador resultantes de la libertad de establecimiento, de la libre prestación de servicios y del principio general de no discriminación - Contratos que pueden presentar un interés transfronterizo cierto])

    (2016/C 441/03)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunale Amministrativo Regionale per il Piemonte

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Tecnoedi Costruzioni Srl

    Demandada: Comune di Fossano

    Fallo

    La petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Piemonte (Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo del Piamonte, Italia) mediante resolución de 29 de abril de 2015 es inadmisible.


    (1)  DO C 311 de 21.9.2015.


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