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Document 32022R1299R(02)

    Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2022/1299 de la Comisión, de 24 de marzo de 2022, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación que especifican el contenido de los controles de la gestión de posiciones por parte de los centros de negociación (Diario Oficial de la Unión Europea L 197 de 26 de julio de 2022)

    C/2022/8366

    DO L 304 de 24.11.2022, p. 106–106 (DE, SV)
    DO L 304 de 24.11.2022, p. 104–104 (BG, ES, CS, DA, ET, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PT, RO, SK, SL, FI)
    DO L 304 de 24.11.2022, p. 105–105 (EL, PL)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2022/1299/corrigendum/2022-11-24/oj

    24.11.2022   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 304/104


    Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2022/1299 de la Comisión, de 24 de marzo de 2022, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación que especifican el contenido de los controles de la gestión de posiciones por parte de los centros de negociación

    ( Diario Oficial de la Unión Europea L 197 de 26 de julio de 2022 )

    En la página 2, en el artículo 2, apartado 1:

    donde dice:

    «1.   Como parte de sus controles de la gestión de posiciones, los centros de negociación que negocien derivados sobre materias primas establecerán niveles de rendición de cuentas en el mes del próximo vencimiento, según se establece en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2022/1301 de la Comisión (4), y en el resto de meses, tal como se establece en el artículo 2, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2022/1301, en el caso de los derivados sobre materias primas puestos a disposición para su negociación que se liquiden o puedan liquidarse mediante entrega física.»,

    debe decir:

    «1.   Como parte de sus controles de la gestión de posiciones, los centros de negociación que negocien derivados sobre materias primas establecerán niveles de rendición de cuentas en el mes del próximo vencimiento, según se establece en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2022/1302 de la Comisión (4), y en el resto de meses, tal como se establece en el artículo 2, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2022/1302, en el caso de los derivados sobre materias primas puestos a disposición para su negociación que se liquiden o puedan liquidarse mediante entrega física.».

    En la página 2, en la nota a pie de página 4:

    donde dice:

    «Reglamento Delegado (UE) 2022/1301 de la Comisión, de 31 de marzo de 2022, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/1226 en lo que respecta a la información que debe facilitarse con arreglo a los requisitos de notificación STS aplicables a las titulizaciones sintéticas dentro de balance (DO L 197 de xx.xx.2022, p. 10).»,

    debe decir:

    «Reglamento Delegado (UE) 2022/1302 de la Comisión, de 20 de abril de 2022, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación para la aplicación de límites de posición a los derivados sobre materias primas y los procedimientos de solicitud de exención de los límites de posición (DO L 197 de 26.7.2022, p. 52).».


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