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Document 32013D0409

Decisión de Ejecución 2013/409/PESC del Consejo, de 30 de julio de 2013 , por la que se aplica la Decisión de Ejecución 2011/72/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez

DO L 204 de 31.7.2013, p. 52–53 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO L 204 de 31.7.2013, p. 44–45 (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2013/409/oj

31.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 204/52


DECISIÓN DE EJECUCIÓN 2013/409/PESC DEL CONSEJO

de 30 de julio de 2013

por la que se aplica la Decisión de Ejecución 2011/72/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2011/72/PESC del Consejo, de 31 de enero de 2011, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez (1), y, en particular, su artículo 2, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 31 de enero de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/72/PESC.

(2)

Es preciso sustituir las menciones correspondientes a tres personas de la lista de personas y entidades que figuran en el anexo de la Decisión 2011/72/PESC y alegar nuevos motivos en relación con su designación.

(3)

El anexo de la Decisión 2011/72/PESC debe ser modificado en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2011/72/PESC se modificará como se indica en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de julio de 2013.

Por el Consejo

El Presidente

L. LINKEVIČIUS


(1)  DO L 28 de 2.2.2011, p. 62.


ANEXO

Las menciones correspondientes a las personas que figuran en el anexo de la Decisión 2011/72/PESC enumeradas a continuación se sustituyen por las menciones siguientes:

 

Nombres

Datos informativos a efectos de identificación

Motivación

1.

Mohamed Ben Moncef Ben Mohamed TRABELSI

Tunecino, nacido en Sabha-Libia el 7 de enero de 1980, hijo de Yamina SOUIEI, administrador de sociedad, casado con Inès LEJRI, domiciliado en Résidence de l’Étoile du Nord – suite B – 7o piso – apart. no 25 – Centre urbain du nord – Cité El Khadra – Túnez, titular del DNI no 04524472.

Persona que es objeto de una investigación judicial por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en el abuso de su calidad por parte de un funcionario público (en este caso el antiguo Director General de la Societé Tunisienne de Banque y antiguo Director General de la Banque Nationale Agricole) para procurar a un tercero ventajas injustificadas y causar perjuicio a la administración.

2.

Fahd Mohamed Sakher Ben Moncef Ben Mohamed Hfaiez MATERI

Tunecino, nacido en Túnez el 2 de diciembre de 1981, hijo de Naïma BOUTIBA, casado con Nesrine BEN ALI, titular del DNI no 04682068.

Persona que es objeto de una investigación judicial por parte de las autoridades tunecinas por ejercer una influencia negativa sobre el titular de un cargo público (el expresidente Ben Ali) para obtener directa o indirectamente ventajas para un tercero, complicidad en el abuso del cargo por parte del titular de un cargo público (el expresidente Ben Ali) para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en la apropiación indebida de caudales públicos tunecinos por parte del titular de un cargo público (el expresidente Ben Ali).

3.

Mohamed Slim Ben Mohamed Hassen Ben Salah CHIBOUB

Tunecino, nacido el 13 de enero de 1959, hijo de Leïla CHAIBI, casado con Dorsaf BEN ALI, domiciliado en rue du Jardin – Sidi Bousaid – Túnez, titular del DNI no 00400688.

Persona que es objeto de una investigación judicial por parte de las autoridades tunecinas por abuso de influencia en relación con un funcionario público (el expresidente Ben Ali) para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero y complicidad en el abuso de su cargo por parte de un funcionario publico para procurar a un tercero ventas injustificadas y causar un perjuicio a la administración.


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