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Document 62019CA0320

Asunto C-320/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 3 de diciembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin — Alemania) — Ingredion Germany GmbH / Bundesrepublik Deutschland (Procedimiento prejudicial — Medio ambiente — Directiva 2003/87/CE — Régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero — Artículo 3, letra h) — Nuevos entrantes — Artículo 10 bis — Régimen transitorio de asignación gratuita de derechos de emisión — Decisión 2011/278/UE — Artículo 18, apartado 1, letra c) — Nivel de actividad en relación con el combustible — Artículo 18, apartado 2, párrafo segundo — Valor del factor de utilización de la capacidad pertinente)

DO C 35 de 1.2.2021, p. 13–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

1.2.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 35/13


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 3 de diciembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin — Alemania) — Ingredion Germany GmbH / Bundesrepublik Deutschland

(Asunto C-320/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Medio ambiente - Directiva 2003/87/CE - Régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero - Artículo 3, letra h) - Nuevos entrantes - Artículo 10 bis - Régimen transitorio de asignación gratuita de derechos de emisión - Decisión 2011/278/UE - Artículo 18, apartado 1, letra c) - Nivel de actividad en relación con el combustible - Artículo 18, apartado 2, párrafo segundo - Valor del factor de utilización de la capacidad pertinente)

(2021/C 35/16)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Berlin

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Ingredion Germany GmbH

Demandada: Bundesrepublik Deutschland

Fallo

El artículo 18, apartado 2, párrafo segundo, de la Decisión 2011/278/UE de la Comisión, de 27 de abril de 2011, por la que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, debe interpretarse en el sentido de que, a efectos de la asignación gratuita de derechos de emisión a los nuevos entrantes, el factor de utilización de la capacidad pertinente se limita a un valor inferior al 100 %.


(1)  DO C 246 de 22.7.2019.


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