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Document 62017CB0142

    Asuntos acumulados C-142/17 y C-143/17: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 7 de febrero de 2018 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por la Corte suprema di cassazione — Italia) — Manuela Maturi y otros / Fondazione Teatro dell’Opera di Roma, Fondazione Teatro dell’Opera di Roma / Manuela Maturi y otros (C-142/17), Catia Passeri / Fondazione Teatro dell’Opera di Roma (C-143/17) (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Política social — Igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación — Directiva 2006/54/CE — Normativa nacional que contempla que los trabajadores del sector de espectáculos que alcancen la edad de jubilación puedan temporalmente continuar su actividad hasta la edad anteriormente fijada para causar derecho a la pensión, fijada en 47 años para las mujeres y 52 años para los hombres)

    DO C 142 de 23.4.2018, p. 18–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    23.4.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 142/18


    Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 7 de febrero de 2018 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por la Corte suprema di cassazione — Italia) — Manuela Maturi y otros / Fondazione Teatro dell’Opera di Roma, Fondazione Teatro dell’Opera di Roma / Manuela Maturi y otros (C-142/17), Catia Passeri / Fondazione Teatro dell’Opera di Roma (C-143/17)

    (Asuntos acumulados C-142/17 y C-143/17) (1)

    ((Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Política social - Igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación - Directiva 2006/54/CE - Normativa nacional que contempla que los trabajadores del sector de espectáculos que alcancen la edad de jubilación puedan temporalmente continuar su actividad hasta la edad anteriormente fijada para causar derecho a la pensión, fijada en 47 años para las mujeres y 52 años para los hombres))

    (2018/C 142/23)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Órgano jurisdiccional remitente

    Corte suprema di cassazione

    Partes en el procedimiento principal

    Recurrentes: Manuela Maturi, Laura Di Segni, Isabella Lo Balbo, Maria Badini, Loredana Barbanera, Fondazione Teatro dell’Opera di Roma (C-142/17), Catia Passeri (C-143/17)

    Recurridas: Fondazione Teatro dell’Opera di Roma, Manuela Maturi, Laura Di Segni, Isabella Lo Balbo, Maria Badini, Loredana Barbanera, Luca Troiano, Mauro Murri (C-142/17), Fondazione Teatro dell'Opera di Roma (C-143/17)

    Fallo

    El artículo 14, apartado 1, letra c), de la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, debe interpretarse en el sentido de que una normativa nacional, como la prevista en el artículo 3, apartado 7, del Decreto-ley n.o 64, de 30 de abril de 2010, transformado en Ley n.o 100, de 29 de junio 2010, en su versión vigente en la fecha en que tuvieron lugar los hechos de los litigios principales, en virtud de la cual los trabajadores, contratados en calidad de bailarines, que alcancen la edad de jubilación, prevista por esa normativa en 45 años tanto para las mujeres como para los hombres, están facultados para ejercer, durante un período transitorio de dos años, una opción que les permite continuar ejerciendo su actividad profesional hasta la edad límite para mantenerse en activo prevista por la normativa anteriormente en vigor, fijada en 47 años para las mujeres y 52 años para los hombres, establece una discriminación directa por razón de sexo prohibida por esta Directiva.


    (1)  DO C 249 de 31.7.2017.


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