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Document 62017CA0306
Case C-306/17: Judgment of the Court (Eighth Chamber) of 31 May 2018 (request for a preliminary ruling from the Tatabányai Törvényszék — Hungary) — Éva Nothartová v Sámson József Boldizsár (Reference for a preliminary ruling — Area of freedom, security and justice — Judicial cooperation in civil matters — Regulation (EU) No 1215/2012 — Jurisdiction — Special jurisdiction — Article 8(3) — Counterclaim arising or not arising from the same contract or facts on which the original claim was based)
Asunto C-306/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 31 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tatabányai Törvényszék — Hungría) — Éva Nothartová / Sámson József Boldizsár [Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia civil — Reglamento (UE) n.° 1215/2012 — Competencia judicial — Competencias especiales — Artículo 8, punto 3 — Demanda reconvencional derivada o no derivada del contrato o del hecho en que se fundamenta la demanda inicial]
Asunto C-306/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 31 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tatabányai Törvényszék — Hungría) — Éva Nothartová / Sámson József Boldizsár [Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia civil — Reglamento (UE) n.° 1215/2012 — Competencia judicial — Competencias especiales — Artículo 8, punto 3 — Demanda reconvencional derivada o no derivada del contrato o del hecho en que se fundamenta la demanda inicial]
DO C 259 de 23.7.2018, p. 12–13
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Asunto C-306/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 31 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tatabányai Törvényszék — Hungría) — Éva Nothartová / Sámson József Boldizsár [Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia civil — Reglamento (UE) n.o 1215/2012 — Competencia judicial — Competencias especiales — Artículo 8, punto 3 — Demanda reconvencional derivada o no derivada del contrato o del hecho en que se fundamenta la demanda inicial]
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 31 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tatabányai Törvényszék — Hungría) — Éva Nothartová / Sámson József Boldizsár
(Asunto C-306/17) ( 1 )
«[Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia civil — Reglamento (UE) n.o 1215/2012 — Competencia judicial — Competencias especiales — Artículo 8, punto 3 — Demanda reconvencional derivada o no derivada del contrato o del hecho en que se fundamenta la demanda inicial]»
2018/C 259/16Lengua de procedimiento: húngaroÓrgano jurisdiccional remitente
Tatabányai Törvényszék
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Éva Nothartová
Demandada: Sámson József Boldizsár
Fallo
El artículo 8, punto 3, del Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que se aplica, con carácter no exclusivo, en una situación en la que, ante el órgano jurisdiccional competente para conocer de una alegación de violación de los derechos de la personalidad del demandante por haber sido fotografiado y grabado en vídeo sin su conocimiento, el demandado interpone una demanda reconvencional de indemnización invocando la responsabilidad delictual o cuasidelictual en que incurrió el demandante, en particular por la restricción de su creación intelectual objeto de la demanda inicial, siempre que el examen de esta demanda reconvencional exija que ese órgano jurisdiccional aprecie si son o no lícitos los hechos en los que el demandante basa sus propias pretensiones.
( 1 ) DO C 269 de 14.8.2017.