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Document 62016TN0699

    Asunto T-699/16 P: Recurso de casación interpuesto el 29 de septiembre de 2016 por el Parlamento Europeo contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 19 de julio de 2016 en el asunto F-147/15, Meyrl/Parlamento

    DO C 454 de 5.12.2016, p. 28–28 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    5.12.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 454/28


    Recurso de casación interpuesto el 29 de septiembre de 2016 por el Parlamento Europeo contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 19 de julio de 2016 en el asunto F-147/15, Meyrl/Parlamento

    (Asunto T-699/16 P)

    (2016/C 454/49)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Recurrente: Parlamento Europeo (representantes: V. Montebello-Demogeot y M. Dean, agentes)

    Otra parte en el procedimiento: Sonja Meyrl (Bruselas, Bélgica)

    Pretensiones

    La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

    Anule la sentencia recurrida.

    Por consiguiente, desestime el recurso en primera instancia.

    Declare que cada una de las partes cargará con sus propias costas correspondientes a la presente instancia.

    Condene a la Sra. Meyrl a cargar con las costas correspondientes a la primera instancia.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte recurrente invoca tres motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en un error de Derecho, en una desnaturalización de los hechos y en una falta de motivación, en la medida en que el Tribunal de la Función Pública (TFP) concluyó, en el apartado 25 de la sentencia recurrida, que la posibilidad de destinar a la otra parte en el procedimiento a otro puesto habría permitido que esta última no fuese despedida.

    2.

    Segundo motivo, basado en un error de Derecho, en una desnaturalización de los hechos y en una falta de motivación en la conclusión, a la que llegó el TFP en los apartados 23 y 30 de la sentencia recurrida, según la cual los problemas relacionales eran una causa adicional del despido de la otra parte en el procedimiento.

    3.

    Tercer motivo, basado en un error manifiesto de apreciación que, a su juicio, se desprende de la conclusión del TFP según la cual, si también se hubiese oído a la otra parte en el procedimiento en lo que se refiere a los problemas relacionales, ello hubiera podido cambiar de manera efectiva el resultado del proceso decisorio que dio lugar a la decisión controvertida, a saber, el despido de esta última.


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