Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62016TN0669

    Asunto T-669/16 P: Recurso de casación interpuesto el 21 de septiembre de 2016 por Carlo De Nicola contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 21 de julio de 2016 en el asunto F-82/15, De Nicola/BEI

    DO C 410 de 7.11.2016, p. 25–26 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    7.11.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 410/25


    Recurso de casación interpuesto el 21 de septiembre de 2016 por Carlo De Nicola contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 21 de julio de 2016 en el asunto F-82/15, De Nicola/BEI

    (Asunto T-669/16 P)

    (2016/C 410/36)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Partes

    Recurrente: Carlo De Nicola (Strassen, Luxemburgo) (representante: G. Ferabecoli, abogado)

    Otra parte en el procedimiento: Banco Europeo de Inversiones

    Pretensiones

    El recurrente solicita al Tribunal General que:

    Estime el presente recurso y, reformando la sentencia recurrida, anule el punto 2 del fallo y los apartados 12, 13, 24, 55 a 57, 123 a 135 y 157 a 165 de la sentencia recurrida.

    En consecuencia, condene a la demandada a indemnizar al Dr. De Nicola por los perjuicios sufridos, tal como se había solicitado en el recurso en primera instancia.

    Motivos y principales alegaciones

    El presente recurso se interpone contra la sentencia del Tribunal de la Función Pública de 21 de julio de 2016 en la que se desestimó en parte el recurso, interpuesto por el recurrente, en el que éste solicitaba esencialmente, por un lado, la anulación de la decisión de 4 de diciembre de 2014 en la que la demandada le denegó el reembolso de ciertos gastos médicos y, por otro, que se condenase a la demandada y a la Unión Europea a indemnizarlo por los perjuicios que alegaba haber sufrido.

    En apoyo de su recurso, el recurrente impugna las conclusiones sobre la validez científica de la laserterapia que figuran en la sentencia recurrida.

    El recurrente sostiene además que en el presente asunto concurren los requisitos exigidos para la indemnización del perjuicio tanto material como moral.


    Top