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Document 62009CN0152
Case C-152/09: Reference for a preliminary ruling from the Verwaltungsgericht Schwerin (Germany) lodged on 4 May 2009 — André Grootes v Amt für Landwirtschaft Parchim
Asunto C-152/09: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Schwerin (Alemania) el 4 de mayo de 2009 — André Grootes/Am für Landwirtschaft Parchim
Asunto C-152/09: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Schwerin (Alemania) el 4 de mayo de 2009 — André Grootes/Am für Landwirtschaft Parchim
DO C 167 de 18.7.2009, p. 4–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
18.7.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 167/4 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Schwerin (Alemania) el 4 de mayo de 2009 — André Grootes/Am für Landwirtschaft Parchim
(Asunto C-152/09)
2009/C 167/06
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Verwaltungsgericht Schwerin
Partes en el procedimiento principal
Demandante: André Grootes
Demandada: Am für Landwirtschaft Parchim
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Se puede considerar el reconocimiento de dificultades excepcionales en el sentido del artículo 40, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1782/2003, (1) en relación con las ayudas por superficie, también en el caso de que la medida medioambiental aún vigente el 15 de mayo de 2003 constituya únicamente el mantenimiento de un uso para pastos (permanentes), pero sucede en el tiempo sin solución de continuidad (o, al menos, «inmediatamente») a una medida en virtud de la cual unas tierras de cultivo se convirtieron en pastos permanentes? |
2) |
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión: ¿Se puede considerar el reconocimiento de dificultades excepcionales en el sentido del artículo 40, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1782/2003, en relación con las ayudas por superficie, sólo en el caso de que se haya producido un cambio en el uso de tierras de cultivo en pastos en virtud de (precisamente) la participación en una medida medioambiental en el sentido de la citada disposición? |
3) |
¿Exige el reconocimiento de dificultades excepcionales en el sentido del artículo 40, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1782/2003, que el agricultor solicitante sea el mismo que haya llevado a cabo el cambio en el uso, o también puede invocar dificultades excepcionales en el sentido de dicha disposición un agricultor «incorporado» con posterioridad a la medida medioambiental? |
(1) Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) no 2019/93, (CE) no 1452/2001, (CE) no 1453/2001, (CE) no 1454/2001, (CE) no 1868/94, (CE) no 1251/1999, (CE) no 1254/1999, (CE) no 1673/2000, (CEE) no 2358/71 y (CE) no 2529/2001 (DO L 270, p. 1).