Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52012IP0029

    Cooperación al desarrollo de la UE en apoyo del objetivo de acceso universal a la energía para 2030 Resolución del Parlamento Europeo, de 2 de febrero de 2012 , sobre la cooperación al desarrollo de la UE en apoyo al objetivo de acceso universal a la energía para 2030 (2011/2112(INI))

    DO C 239E de 20.8.2013, p. 83–89 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.8.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 239/83


    Jueves 2 de febrero de 2012
    Cooperación al desarrollo de la UE en apoyo del objetivo de acceso universal a la energía para 2030

    P7_TA(2012)0029

    Resolución del Parlamento Europeo, de 2 de febrero de 2012, sobre la cooperación al desarrollo de la UE en apoyo al objetivo de acceso universal a la energía para 2030 (2011/2112(INI))

    2013/C 239 E/13

    El Parlamento Europeo,

    Vista la proclamación de 2012 como Año Internacional de la Energía Sostenible para Todos por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas, con lo que reconoce la importancia del acceso a la energía para el desarrollo económico sostenible y la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) (1),

    Vista la iniciativa sobre la energía sostenible para todos lanzada por el Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon (2),

    Vista la creación por parte del Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, de un Grupo Consultivo sobre Energía y Cambio Climático (AGECC), y sus recomendaciones de 28 de abril de 2010, en las que se identifican las prioridades de objetivo internacional del acceso universal a servicios de energía modernos para 2030, y la reducción de la intensidad energética mundial en el 40 % para 2030 (3),

    Vistas las «Perspectivas de la energía en el mundo 2011» de la Agencia Internacional de la Energía (IEA), en las que se destaca que unos 1 300 millones de personas en todo el mundo no tienen acceso a la electricidad y que unos 2 700 millones de personas carecen de instalaciones limpias para cocinar,

    Vista la conferencia internacional de alto nivel sobre «Energía para todos - Financiar el acceso de los pobres», celebrada el Oslo (Noruega) los días 10 y 11 de octubre de 2011, y el inicio de la iniciativa Energía +, un proyecto de asociación Internacional para la cooperación en la energía y el cambio climático,

    Vistas las conclusiones del Consejo de la Unión Europea sobre el acceso a fuentes de energía sostenibles al nivel local en los países en desarrollo, de 19 de mayo de 2009, que recuerdan que «el acceso a fuentes de energía sostenibles y servicios energéticos modernos es un requisito previo para el crecimiento económico y el desarrollo social, así como para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)» y que «concentrando la atención en la energía sostenible se consolidará el progreso hacia los ODM y se contribuirá a hacer frente a la crisis mundial y a atenuar el cambio climático»,

    Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo y al Parlamento Europeo, de 17 de julio de 2002, titulada «La cooperación en materia de energía con los países en vías de desarrollo» (COM(2002)0408),

    Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo y al Parlamento Europeo, de 26 de octubre de 2004, relativa al desarrollo futuro de la Iniciativa de la Unión Europea en el ámbito de la energía y a las modalidades de creación de un Fondo para la Energía en favor de los países ACP (COM(2004)0711),

    Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 13 de octubre de 2011, titulada «Incremento del impacto de la política de desarrollo de la UE: Programa para el Cambio» (COM(2011)0637),

    Visto el artículo 48 de su Reglamento,

    Visto el informe de la Comisión de Desarrollo (A7-0442/2011),

    A.

    Considerando que unos 1 300 millones de personas en todo el mundo (84 % de las cuales viven en zonas rurales) no tienen acceso a la electricidad y que unos 2 700 millones de personas carecen de instalaciones limpias para cocinar (4), lo que produce humo en el interior de las viviendas que causa más 1 400 millones de muertes prematuras al año, con lo que, después del VIH/SIDA, es la causa más frecuente de muerte prematura el todo el mundo (5); que la actual falta de acceso a servicios energéticos modernos en muchos países pobres ha conducido a una desigualdad de género y, en particular, a desventajas para mujeres y niños;

    B.

    Considerando que el acceso a la energía es fundamental para la consecución de muchos de los derechos que figuran en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 y en otros instrumentos jurídicos internacionales en materia de derechos humanos y medio ambiente;

    C.

    Considerando que no podrán conseguirse los ODM a menos que se realicen avances sustanciales en la mejora del acceso a la energía, lo que requerirá una inversión que se calcula en 48 000 millones de dólares anuales hasta 2030, lo que equivale a alrededor del 3 % de la inversión mundial en infraestructuras de energía, proyectada en el periodo hasta 2030, y que tendría como resultado un pequeño aumento en las emisiones de CO2 del 0,7 % para 2030 (6);

    D.

    Considerando que las fuentes de energía renovables y en concreto las pequeñas soluciones descentralizadas, cuentan con un gran potencial para suministrar servicios energéticos fiables, sostenibles y asequibles para las poblaciones pobres, en particular en las zonas rurales de los países en desarrollo; que los países en desarrollo están situados en zonas con acceso a abundantes fuentes de energía renovables, especialmente eólica y solar; que quedan muchos retos pendientes para garantizar su expansión en los países en desarrollo, por ejemplo, en relación con la financiación, el desarrollo de las capacidades, la transferencia de tecnología y la reforma de la gobernanza;

    E.

    Considerando que el uso de tecnologías de energías renovables es fundamental para que los países en desarrollo reduzcan su dependencia de la importación de combustibles fósiles y de la volatilidad de precios que conlleva; que los proyectos de energías renovables a gran escala (como los hidroeléctricos o los cultivos energéticos) pueden tener también graves repercusiones sociales y medioambientales para la población local, por ejemplo, en lo que se refiere a la seguridad del suministro de agua o alimentos; que, por lo tanto, una evaluación minuciosa del impacto ambiental de las tecnologías de energías renovables constituye un requisito previo importante para las ayudas de los donantes;

    F.

    Considerando que el acceso para todos a servicios de energía modernos y sostenibles significa el acceso a toda la gama de servicios de energía (y no solo a la electricidad) que son necesarios y objeto de demanda, como, por ejemplo, la iluminación, la cocina y el agua caliente, la calefacción, la refrigeración, el acceso a la información y las comunicaciones y la energía para usos productivos y generación de ingresos;

    G.

    Considerando que tan solo el 8 % de los 409 000 millones de dólares concedidos en 2010 en subvenciones para combustibles fósiles en los países en desarrollo se destinó al 20 % de la población con menores ingresos (7);

    H.

    Considerando que los resultados del Índice de Desarrollo Energético se corresponden en gran medida con los del Índice de Desarrollo Humano en lo que se refiere a la esperanza de vida, la educación, PIB per cápita y otros indicadores del nivel de vida;

    I.

    Considerando que cerca del 70 % de los habitantes del África subsahariana no tienen acceso a la electricidad; que la población ha aumentado más rápidamente que la electrificación, por lo que el número de personas sin acceso a la electricidad ha aumentado;

    J.

    Considerando que, en particular en los PMD, solo una pequeña minoría de la población tiene acceso a la red; que el acceso a la red no llegará a toda la población en un futuro previsible, por lo que las soluciones descentralizadas, como la provisión de energía en pequeña escala, fuera de la red, y a través de mini-redes son la única forma viable de lograr el acceso universal a la energía en los próximos años;

    K.

    Considerando que el respeto del Estado de Derecho y una gobernanza fuerte son factores clave que deben promoverse para atraer la inversión privada necesaria para conseguir totalmente el acceso universal a la energía;

    L.

    Considerando que las últimas comunicaciones de la Comisión sobre la energía en la cooperación para el desarrollo se publicaron en 2002 y 2004;

    1.

    Subraya que, aunque no existe un Objetivo de Desarrollo del Milenio específicamente relacionado con la energía, el acceso para todos a servicios de energía modernos y sostenibles (en lo sucesivo «acceso universal a la energía») es una condición previa para conseguir los ODM; considera, por tanto, que la energía debe situarse en el centro del debate sobre la erradicación de la pobreza, garantizando al mismo tiempo que la extensión del acceso a servicios energéticos modernos sea coherente con el desarrollo sostenible; insta a la Comisión a que publique una Comunicación sobre la cooperación para el desarrollo en la que se apoye el acceso universal a la energía para el año 2012, que las Naciones Unidas han proclamado Año Internacional de la Energía;

    2.

    Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que adopten y se comprometan a apoyar el objetivo internacional (establecido por las Naciones Unidas) del acceso universal a la energía para 2030, y a que adapten sus políticas y actividades de cooperación al desarrollo a este objetivo;

    3.

    Subraya que la optimización del uso de fuentes de energía renovables es la senda ideal que la comunidad internacional debe tomar para conseguir el acceso a servicios energéticos modernos, a la vez que se lucha contra el cambio climático; pide a la Comisión que elabore un plan de acción para integrar el objetivo del acceso universal a la energía en las políticas relevantes de la UE, así como en todos los sectores de la política de desarrollo, como la agricultura, la industria, el comercio, la salud y el agua, y que se asegure de la coherencia en todas las políticas y sectores con el objetivo del acceso universal a la energía;

    4.

    Acoge favorablemente que se mencione a la energía como uno de los puntos focales del «Programa para el Cambio», y espera que la Comisión actúe en consecuencia; pide a la Comisión que no subordine el acceso a la energía ni lo confunda con otros puntos centrales de la seguridad energética y el cambio climático que también se mencionan;

    5.

    Alienta que, en el marco de la cooperación al desarrollo de la UE, se cree un programa específico sobre «energía y desarrollo», centrado, en particular, en el acceso universal a la energía;

    6.

    Señala que la experiencia ha mostrado que los objetivos relacionados con la capacidad de generación de electricidad centralizada y la extensión de las redes han fallado a menudo a la hora de mejorar los servicios energéticos para las poblaciones pobres; insiste, por tanto, en la necesidad de respaldar las soluciones renovables y descentralizadas, como las soluciones en pequeña escala, fuera de la red y en mini-redes, para poder llegar a la totalidad de la población de los países en desarrollo, en particular a las poblaciones pobres y de zonas rurales; pide a la UE que concentre sus esfuerzos, en el plano técnico y financiero, en estas soluciones de pequeña escala para la pobreza energética en zonas remotas;

    7.

    Señala el enorme potencial de las energías renovables en muchos países en desarrollo a la hora de garantizar un suministro de energía sostenible y reducir la dependencia de los combustibles fósiles, reduciendo de esa forma la vulnerabilidad a la fluctuación de los precios de la energía;

    8.

    Subraya que el Fondo para la Energía es, a nivel internacional, uno de los pocos mecanismos financieros que facilita financiación para soluciones energéticas renovables y de pequeña escala; pide a la Comisión que mantenga y amplíe la financiación para este tipo de proyectos en el próximo periodo de financiación a partir de 2014;

    9.

    Pide a la Comisión que evalúe el impacto de las inversiones que apoya el Fondo para la Energía en la mejora del acceso a servicios básicos de energía de quienes viven en la pobreza, y que mejore en consecuencia la eficiencia y la eficacia del sucesor del Fondo para la Energía en el nuevo periodo de financiación después de 2013;

    10.

    Subraya que el uso correcto de fuentes de energía renovables para proveer servicios energéticos puede ofrecer una solución económica en los países en desarrollo con beneficios para la salud, el medio ambiente y el desarrollo local; subraya, no obstante, la necesidad de tener en cuenta el impacto ambiental del uso de energías renovables para mejorar el acceso universal a la energía, en particular en el caso de la energía hidroeléctrica, la biomasa o los agrocombustibles;

    11.

    Pide a la UE que establezca orientaciones claras sobre los criterios de sostenibilidad ambiental para la financiación de proyectos de energías renovables; pide a la Comisión que establezca como condición prioritaria para el apoyo a nuevos proyectos energéticos el uso de energías renovables descentralizadas o de energía sostenible con bajas emisiones de carbono/elevada eficiencia energética;

    12.

    Subraya el papel que deben desempeñar las empresas privadas para permitir que los países en desarrollo alcancen los ODM, prestando especial atención al acceso universal a la energía; subraya además la importancia del apoyo al desarrollo de recursos financieros y competencias tecnológicas adaptados a los mercados de renta baja, en particular mediante una mayor participación de las empresas privadas en las asociaciones institucionales nacionales e internacionales;

    13.

    Alienta a la Comisión y a los Estados miembros a que apoyen, a través de la cooperación para el desarrollo y del Fondo para la Energía, la transferencia de tecnologías, incluidos los conocimientos técnicos, la información y las buenas prácticas, que sean adecuadas para facilitar servicios de energía modernos a los pobres, entre los países socios del Sur, y entre Europa y el Sur, destinados al desarrollo de capacidades, que incluyan el hermanamiento, el intercambio de personal y la formación práctica, para evaluar y absorber las opciones tecnológicas; alienta asimismo la transferencia de tecnologías de eficiencia energética en este sentido para permitir que la energía se utilice de la manera más productiva posible, y de esta forma optimizar los servicios energéticos que puede ofrecer una cantidad determinada de energía;

    14.

    Pide que se preste especial atención a los usos productivos de la energía en el desarrollo de proyectos/programas y en la financiación, como un mecanismo clave para la promoción socioeconómica y la generación de ingresos;

    15.

    Subraya que serán necesarias asociaciones entre el sector público, el sector privado, las comunidades y los gobiernos locales para extender el acceso a servicios energéticos sostenibles; pide a la Comisión que aplique, siempre que sea posible, un enfoque de mercado para las soluciones energéticas nuevas o innovadoras, por ejemplo, fomentando la producción local, facilitando su introducción en el mercado o dando información sobre el mercado, con el fin de asegurar la participación local y la sostenibilidad; pide, en particular, a la Comisión que promueva el desarrollo de las capacidades de gobernanza para hacer posible la reproducción de proyectos de servicios energéticos a pequeña escala a través de la promoción de las PYME;

    16.

    Considera que la inversión privada y su participación son fundamentales para conseguir totalmente el acceso universal a la energía; pide, por tanto, a la Comisión que promueva el Estado de Derecho en todas sus acciones de ayuda, en particular en los países menos desarrollados;

    17.

    Pide a las Delegaciones de la UE que faciliten información sobre los impuestos, los incentivos y los requisitos reglamentarios en los países en desarrollo a las empresas de la UE que deseen invertir en el sector de la energía;

    18.

    Pide a la Comisión Europea que facilite el intercambio de mejores prácticas en lo que se refiere a los incentivos más eficaces para facilitar la expansión de las infraestructuras de energía en los países en desarrollo;

    19.

    Alienta el apoyo al desarrollo y la promoción de sólidos marcos políticos y jurídicos y de normas técnicas que refuercen la capacidad local y generen confianza en los inversores del sector privado, incluida la movilización de las fuentes locales de inversión;

    20.

    Subraya el papel central de la financiación pública de los Gobiernos socios, las instituciones financieras internacionales y la AOD para potenciar la necesaria inversión privada; subraya asimismo que la ayuda de la UE para mejorar el acceso a la energía debe respaldar las economías locales, los puestos de trabajo ecológicos y la reducción de la pobreza, y no debe estar vinculada a la participación de empresas de la UE ni utilizarse para subvencionarlas;

    21.

    Reconoce que el sector público por sí solo no será capaz de satisfacer todas las necesidades financieras requeridas para extender el acceso a la energía; señala, en este sentido, la importancia de los inversores privados y de las reformas orientadas hacia el mercado en el sector de la energía; subraya, no obstante, que poner el acento en el recurso a asociaciones público-privadas y atraer fondos de fuentes de financiación privadas puede disminuir el atractivo de los proyectos locales de energías renovables, ya que tales proyectos son menos «financiables» que los grandes proyectos conectados a la red, que a menudo están al servicio de las grandes industrias; subraya, por lo tanto, que en último término la responsabilidad de garantizar el acceso a los servicios universales, en particular a una energía asequible para las poblaciones pobres y alejadas, le sigue correspondiendo al Estado;

    22.

    Destaca que hay muchas formas para que los gobiernos socios promuevan el acceso universal a la energía a través de la legislación, la regulación, los contratos o la concesión de licencias, imponiendo obligaciones de servicio universal adaptadas a las necesidades y posibilidades de cada país, como por ejemplo:

    objetivos de cobertura en los acuerdos de concesión o de licencias;

    trato diferenciado de los clientes en función de su capacidad económica;

    subvenciones o fondos dirigidos a categorías concretas de consumidores y a las zonas rurales alejadas;

    revisión de las subvenciones, impuestos y aranceles contraproducentes, es decir, un cambio desde la promoción de los combustibles fósiles a la de «energías descentralizadas y renovables», con el fin de mejorar el acceso a la energía y la eficiencia energética;

    liberalización de la entrada de operadores en zonas sin servicio;

    incentivos fiscales para facilitar la expansión de las infraestructuras;

    medidas para garantizar que la energía disponible se utiliza de la manera más eficiente posible;

    23.

    Pide a los países en desarrollo que se comprometan seriamente con el objetivo del acceso universal a la energía, y recomienda una mayor asistencia a los Ministerios de Energía de los países en desarrollo para capacitarles para que, en el nuevo periodo de financiación, puedan argumentar a favor de la ayuda destinada al acceso universal a la energía, incluyendo el desarrollo de estrategias sostenibles y a largo plazo y la mejora de la cooperación regional en materia de energía;

    24.

    Destaca la importancia de la participación transparente y democrática de la sociedad civil, las autoridades locales y los reguladores del sector de la energía, para que puedan supervisar el acceso universal a la energía, así como para garantizar la buena gobernanza y la competencia leal, y evitar la corrupción;

    25.

    Insta a los Parlamentos nacionales de los países en desarrollo y a las ONG a que desempeñen el papel que les corresponde para garantizar y supervisar la transparencia, los procesos democráticos y un entorno jurídico estable;

    26.

    Observa con preocupación que la Asociación UE-África para la energía y su subprograma de energías renovables parece centrarse principalmente en los grandes proyectos e interconexiones y poner menos énfasis en las soluciones energéticas locales; insta a la UE a que se abstenga de adoptar un enfoque desde arriba para el desarrollo de las infraestructuras energéticas, teniendo en cuenta que las infraestructuras a gran escala pueden no ser las adecuadas para la estructura económica y social de un país determinado, y no facilitar el acceso a la energía de las poblaciones pobres, para quienes suelen ser más apropiadas las fuentes de energía locales más pequeñas;

    27.

    Alienta el diálogo de la UE con los gobiernos socios y la sociedad civil de los países en desarrollo para asegurar que tanto las políticas energéticas nacionales como las estrategias de reducción de la pobreza tengan en cuenta el acceso universal a la energía;

    28.

    Pide que se establezca un diálogo con los países socios y los organismos regionales para examinar de forma específica los beneficios de incluir el desarrollo de servicios de energía para la cocina en los planes nacionales y regionales de desarrollo, y que se aliente a los países socios y a los organismos regionales a establecer un diálogo con las autoridades locales y los agentes no estatales implicados en el campo de la energía doméstica (cocina) con el fin de determinar la mejor forma de asegurar un aumento importante de la utilización de este tipo de servicios y reducir así las muertes debidas a enfermedades respiratorias; alienta el uso de dispositivos para cocinar más eficientes, ya que la combustión tradicional de grandes cantidades de biomasa en fuegos abiertos tiene repercusiones perjudiciales para la salud, en particular de mujeres y niños, así como un impacto negativo en términos de deforestación;

    29.

    Pide a la Comisión que presente informes anuales sobre los avances realizados para conseguir el objetivo de acceso universal a la energía, una vez haya establecido indicadores fiables, y sobre la contribución al mismo de la cooperación de la UE al desarrollo;

    30.

    Aboga por que el apoyo de la Comisión y los Estados miembros al desarrollo de los servicios de energía se base en una evaluación de los costes financieros relativos y el rendimiento de todas las opciones, teniendo en cuenta las contribuciones a los ODM y a los objetivos de desarrollo nacionales, así como de los costes y beneficios relativos de los sistemas centralizados y descentralizados de suministro de energía;

    31.

    Subraya la importancia de integrar los ODM, en particular los relacionados con la pobreza, ya que el acceso a servicios energéticos asequibles solo será posible si se reduce el número de personas que viven con 1 dólar diario para 2015, en las estrategias nacionales en materia de energía de los países en desarrollo;

    32.

    Pide a la Comisión que examine y utilice en consecuencia las posibles fuentes de financiación relacionadas con el cambio climático y el mercado de carbono, para la inversión en el acceso universal de los pobres a la energía sostenible con bajas emisiones de carbono;

    33.

    Pide a la Comisión que apoye nuevos enfoques basados en los resultados en el sector de la energía, como la financiación basada en los resultados, el pago a la entrega, o la ayuda basada en el rendimiento, enfoques que otros donantes también están sometiendo a prueba, lo que demuestra la importancia de una ayuda basada en la demanda («el socio lo pide») y no en la oferta («el donante dispone de un experto»);

    34.

    Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que reconozcan que el consumo de energía de los pobres en los países en desarrollo no contribuye de forma significativa, ni lo hará en un futuro próximo, a las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero (1,3 % de las emisiones totales para 2030, de acuerdo con la IEA), y que para conseguir un nivel de vida mínimo que sea aceptable, el consumo per cápita de servicios de energía modernos debe aumentar, sin sufrir limitaciones debidas a medidas demasiado estrictas de mitigación del cambio climático;

    35.

    Observa con preocupación que el Banco Mundial y el BEI siguen concediendo especial atención a las grandes infraestructuras hidroeléctricas; recuerda que la experiencia ha mostrado que tales proyectos no aumentan necesariamente el acceso de las poblaciones pobres a la energía, sino que, para lograr este objetivo, son mejores las minicentrales o las microcentrales hidroeléctricas destinadas a la demanda local, evitando de esta forma las desventajas ambientales de los proyectos más grandes;

    36.

    Lamenta la falta de mentalización y de capacidad bancaria para los proyectos de energía a pequeña escala por parte del BEI y de las instituciones financieras europeas e internacionales; pide que sitúen el acceso universal a la energía en el centro de su compromiso en el sector energético, lo que implica su apoyo a proyectos de pequeña escala y fuera de la red, en particular en las zonas rurales, así como la integración de las obligaciones de servicio universal en sus proyectos y subvenciones en materia de energía con el fin de conseguir el acceso universal;

    37.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que no financien ni alienten de ninguna otra forma el uso de la energía nuclear en los países en desarrollo, teniendo en cuenta los graves problemas de seguridad y sostenibilidad;

    38.

    Considera valioso el trabajo de la Iniciativa sobre la Energía de la UE (UEEI), del Instrumento para el diálogo de asociación del UEEI y de la Asociación UE-África para la energía; acoge también favorablemente la iniciativa Energía+, y pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen su participación y compromiso en estas iniciativas, para promover la coordinación de la ayuda internacional en el ámbito de la energía;

    39.

    Opina que la cumbre Río+20, que se celebrará en junio de 2012, ofrece la oportunidad de proponer objetivos concretos sobre los métodos para erradicar la pobreza energética y una hoja de ruta sobre cómo alcanzarlos como una estrategia mundial para lograr una economía más ecológica; pide a la Comisión y a los Estados miembros que incluyan el acceso universal a la energía en el proceso Río+20;

    40.

    Pide que el acceso universal a la energía se incluya en los ODM que habrán de formularse para después de 2015;

    41.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo, al SEAE, y al Consejo de Ministros ACP-UE.


    (1)  Resolución 65/151, Año Internacional de la Energía Sostenible para Todos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su 65o periodo de sesiones, el 21 de enero de 2011.

    (2)  Ban Ki-moon, Secretario General de las Naciones Unidas, «Mis prioridades como Secretario General»;

    (3)  Ban Ki-moon, Secretario General de las Naciones Unidas, «Mis prioridades como Secretario General»;

    (4)  Energía para todos - Financiar el acceso de los pobres, extracto especial en primicia de de las «Perspectivas de la energía en el mundo 2011», presentado en la Conferencia sobre la energía para todos celebrada en Oslo, Noruega, en octubre de 2011; OCDE/IEA, Octubre de 2011 (http://www.iea.org/papers/2011/weo2011_energy_for_all.pdf), página 3.

    (5)  Ibid, pág.28.

    (6)  Ibid, pág. 27.

    (7)  Ibid, pág. 40.


    Top