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Document 32022D0012
Council Decision (EU) 2022/12 of 2 December 2021 on the position to be taken on behalf of the European Union at the 22nd meeting of the Contracting Parties to the Convention for the Protection of the Marine Environment and the Coastal Region of the Mediterranean (Barcelona Convention) and its Protocols as regards the adoption of a decision to submit a proposal to designate the Mediterranean Sea, as a whole, as an emission control area for sulphur oxides (Med SOx ECA) pursuant to Annex VI to the International Convention for the Prevention of Pollution from Ships (MARPOL Convention)
Decisión (UE) 2022/12 del Consejo de 2 de diciembre de 2021 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la 22.a reunión de las Partes Contratantes en el Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona) y sus Protocolos, con respecto a la adopción de una decisión por la que se presentará una propuesta para designar el mar Mediterráneo en su totalidad zona de control de emisiones de óxidos de azufre (Med SOx ECA), de acuerdo con el anexo VI del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (Convenio MARPOL)
Decisión (UE) 2022/12 del Consejo de 2 de diciembre de 2021 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la 22.a reunión de las Partes Contratantes en el Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona) y sus Protocolos, con respecto a la adopción de una decisión por la que se presentará una propuesta para designar el mar Mediterráneo en su totalidad zona de control de emisiones de óxidos de azufre (Med SOx ECA), de acuerdo con el anexo VI del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (Convenio MARPOL)
ST/13973/2021/INIT
DO L 4 de 7.1.2022, pp. 10–11
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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7.1.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 4/10 |
DECISIÓN (UE) 2022/12 DEL CONSEJO
de 2 de diciembre de 2021
relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la 22.a reunión de las Partes Contratantes en el Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona) y sus Protocolos, con respecto a la adopción de una decisión por la que se presentará una propuesta para designar el mar Mediterráneo en su totalidad zona de control de emisiones de óxidos de azufre (Med SOx ECA), de acuerdo con el anexo VI del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (Convenio MARPOL)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 192, apartado 1, en relación con su artículo 218, apartado 9,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Convenio modificado para la Protección del Medio ambiente Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (en lo sucesivo, «Convenio de Barcelona») fue celebrado por la Unión mediante la Decisión 1999/802/CE del Consejo (1) y entró en vigor el 9 de julio de 2004. |
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(2) |
De conformidad con el artículo 18, párrafo 2, inciso vi), del Convenio de Barcelona, la reunión de las Partes Contratantes en dicho Convenio y sus Protocolos ha de estudiar y emprender las medidas que puedan resultar necesarias para alcanzar los objetivos del Convenio de Barcelona y los Protocolos. En virtud del artículo 43 del reglamento interno sobre reuniones de las Partes Contratantes, salvo que el Convenio de Barcelona, los Protocolos o el mandato financiero dispongan otra cosa, las decisiones sustantivas se han de adoptar por mayoría de dos tercios de las Partes Contratantes presentes y votantes. |
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(3) |
Está previsto que, durante su 22.a reunión de los días 7 a 10 de diciembre de 2021, las Partes Contratantes en el Convenio de Barcelona y sus Protocolos adopten una decisión (en lo sucesivo, «Decisión de las Partes Contratantes») para presentar a la 78.a sesión del Comité de Protección del Medio Marino (MEPC 78) de la Organización Marítima Internacional en 2022 una propuesta para designar el mar Mediterráneo en su totalidad zona de control de emisiones de óxidos de azufre (Med SOx ECA) y especificar la fecha de entrada en vigor. |
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(4) |
La Decisión de las Partes Contratantes se refiere a la protección del medio ambiente, que es una competencia compartida entre la Unión y sus Estados miembros de conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra e), del Tratado. La Decisión de las Partes Contratantes no entra en un ámbito que esté cubierto en gran medida por las normas de la Unión relativas a dicha protección. La Unión no tiene intención de hacer uso de la posibilidad de ejercer sus competencias externas con respecto a los ámbitos cubiertos por la Decisión de las Partes Contratantes en los cuales aún no ha ejercido sus competencias internamente. |
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(5) |
Procede establecer la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la reunión de las Partes Contratantes en el Convenio de Barcelona y sus Protocolos, dado que la Decisión de las Partes Contratantes tiene por objeto la presentación de una propuesta a la MEPC 78 en nombre de un organismo en el que la Unión es Parte para designar el mar Mediterráneo en su totalidad zona de control de emisiones de óxidos de azufre (Med SOx ECA), por lo que constituye un acto que surte efectos jurídicos. |
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(6) |
Dado que el objetivo de la Decisión de las Partes Contratantes es actualizar los requisitos relativos a la protección del mar Mediterráneo, en consonancia con la ambición de la Unión de reducir la contaminación del medio marino y proteger la salud humana, la Unión debe apoyar la adopción de la Decisión de las Partes Contratantes. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la 22.a reunión de las Partes Contratantes en el Convenio de Barcelona y sus Protocolos será apoyar la adopción de una decisión por la que se presentará a la 78.a sesión del Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional una propuesta para designar el mar Mediterráneo en su totalidad zona de control de emisiones de óxidos de azufre (Med SOx ECA) y para especificar la fecha de entrada en vigor.
Artículo 2
En función de la evolución de la 22.a reunión de las Partes Contratantes en el Convenio de Barcelona y sus Protocolos, los representantes de la Unión, en consulta con los Estados miembros, podrán acordar puntualizar la posición expuesta en el artículo 1 durante las reuniones de coordinación in situ, sin necesidad de una nueva decisión del Consejo.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 2 de diciembre de 2021.
Por el Consejo
El Presidente
J. VRTOVEC
(1) Decisión 1999/802/CE del Consejo, de 22 de octubre de 1999, relativa a la aceptación de las enmiendas al Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación y al Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves (Convenio de Barcelona) (DO L 322 de 14.12.1999, p. 32).