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Asiakirja 32009D0434
2009/434/EC: Council Decision of 25 May 2009 amending Decision 2006/493/EC laying down the amount of Community support for rural development for the period from 1 January 2007 to 31 December 2013 , its annual breakdown and the minimum amount to be concentrated in regions eligible under the Convergence Objective
2009/434/CE: Decisión del Consejo, de 25 de mayo de 2009 , que modifica la Decisión 2006/493/CE por la que se establece el importe de la ayuda comunitaria al desarrollo rural para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013 , su desglose anual y el importe mínimo destinado a regiones subvencionables por el objetivo de convergencia
2009/434/CE: Decisión del Consejo, de 25 de mayo de 2009 , que modifica la Decisión 2006/493/CE por la que se establece el importe de la ayuda comunitaria al desarrollo rural para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013 , su desglose anual y el importe mínimo destinado a regiones subvencionables por el objetivo de convergencia
DO L 144 de 9.6.2009, s. 25—26
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
Voimassa
9.6.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 144/25 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 25 de mayo de 2009
que modifica la Decisión 2006/493/CE por la que se establece el importe de la ayuda comunitaria al desarrollo rural para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013, su desglose anual y el importe mínimo destinado a regiones subvencionables por el objetivo de convergencia
(2009/434/CE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) (1), y, en particular, su artículo 69, apartado 1,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión 2006/493/CE del Consejo (2) fija el importe de la ayuda comunitaria al desarrollo rural en el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013, su desglose anual y el importe mínimo destinado a las regiones subvencionables en virtud del objetivo de convergencia. |
(2) |
El Consejo Europeo, en su reunión de los días 11 y 12 de diciembre de 2008, aprobó un Plan Europeo de Recuperación Económica que prevé la introducción de actuaciones prioritarias que permitan a las economías de los Estados miembros adaptarse más rápidamente a los desafíos actuales. |
(3) |
Este Plan se basa en un esfuerzo total equivalente al 1,5 % aproximadamente del PIB de la Unión Europea, cifra que asciende a unos 200000 millones EUR. Del citado importe, conviene poner a disposición de todos los Estados miembros a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural 1 020 millones EUR con el fin de desarrollar el acceso a Internet de banda ancha en las zonas rurales e incrementar las operaciones relacionadas con las prioridades establecidas en el artículo 16 bis, apartado 1, letras a) a f), del Reglamento (CE) no 1698/2005. Según la Declaración del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión sobre la financiación de proyectos en los sectores de la energía y de Internet de banda ancha, así como de la revisión de la reforma de la PAC en el marco del Plan Europeo de Recuperación Económica (3), 600 millones EUR deberían estar disponibles en 2009, mientras que 420 millones EUR deberían garantizarse a través de un mecanismo de compensación en la conciliación del procedimiento presupuestario comunitario de 2010 y deberían estar disponibles en 2010. |
(4) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión 2006/493/CE en consecuencia. |
DECIDE:
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2006/493/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2009.
Hecho en Bruselas, el 25 de mayo de 2009.
Por el Consejo
El Presidente
J. ŠEBESTA
(1) DO L 277 de 21.10.2005, p. 1.
(2) DO L 195 de 15.7.2006, p. 22.
(3) DO C 108 de 12.5.2009, p. 1.
ANEXO
«ANEXO
Importe total de los créditos de compromiso para el período 2007-2013 (precios constantes de 2004), desglose anual e importe mínimo destinado a regiones subvencionables por el objetivo de convergencia (1)
Precios de 2004 en EUR (2) |
2007 |
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
Total |
Importe total EU-25, más Bulgaria y Rumanía |
9 325 497 783 |
10 788 767 263 |
11 058 446 242 |
10 651 531 634 |
9 824 886 713 |
9 588 187 168 |
9 356 225 581 |
70 593 542 384 |
Importe mínimo para las regiones subvencionables por el objetivo de convergencia |
27 676 975 284 |
Importe total de los créditos de compromiso para el período 2007-2013 (precios corrientes), desglose anual e importe mínimo destinado a regiones subvencionables por el objetivo de convergencia (3)
Precios corrientes en EUR (4) |
2007 |
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
2012 |
2013 |
Total |
Importe total EU-25, más Bulgaria y Rumanía |
9 896 292 851 |
11 678 108 653 |
12 209 418 209 |
11 995 354 634 |
11 285 706 554 |
11 234 089 442 |
11 181 555 662 |
79 480 526 005 |
Importe mínimo para las regiones subvencionables por el objetivo de convergencia |
31 232 644 963 |
(1) Antes de la modulación y otras transferencias de gastos vinculados con los mercados y pagos directos de la política agrícola común al desarrollo rural.
(2) Los importes se redondean en euros.
(3) Antes de la modulación y otras transferencias de gastos vinculados con los mercados y pagos directos de la política agrícola común al desarrollo rural.
(4) Los importes se redondean en euros.»