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Documento JOL_2007_340_R_0095_01

2007/867/CE: Decisión del Consejo, de 20 de diciembre de 2007 , relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994
Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994

DO L 340 de 22.12.2007, p. 95—99 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.12.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 340/95


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 20 de diciembre de 2007

relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994

(2007/867/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133, leído en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo primero, primera frase,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 14 de mayo de 2007, el Consejo autorizó a la Comisión para entablar negociaciones al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994 con vistas a modificar el contingente arancelario de la OMC para la mantequilla de Nueva Zelanda. Consecuentemente, el 3 de agosto de 2007 la Comunidad Europea notificó a la OMC su intención de modificar el contingente arancelario de la OMC para la mantequilla de Nueva Zelanda incluido en la lista CXL de la CE.

(2)

La Comisión ha llevado a cabo las negociaciones en consulta con el Comité establecido en el artículo 133 del Tratado y con arreglo a las directrices de negociación elaboradas por el Consejo.

(3)

La Comisión ha negociado con éxito un Acuerdo con Nueva Zelanda. Por consiguiente, debe aprobarse el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda.

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 con vistas a la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994.

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 2007.

Por el Consejo

El Presidente

F. NUNES CORREIA


ACUERDO

en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994

Bruselas,

Muy señor mío:

Tras la celebración de negociaciones entre la Comunidad Europea (CE) y Nueva Zelanda al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994 sobre la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio 1994 (GATT 1994), la CE manifiesta su acuerdo con las conclusiones recogidas a continuación.

Disposiciones finales para el contingente arancelario de la OMC de mantequilla de Nueva Zelanda

El contingente arancelario será aplicable a la mantequilla originaria de Nueva Zelanda de las siguientes partidas arancelarias:

Código NC

Designación de la mercancía

ex 0405 10 11

ex 0405 10 19

Mantequilla, de al menos seis semanas, con un contenido de grasas igual o superior al 80 % en peso pero inferior al 85 %, fabricada directamente a partir de leche o nata sin utilizar materias primas almacenadas y según un proceso único, autónomo e ininterrumpido

ex 0405 10 30

Mantequilla, de al menos seis semanas, con un contenido de grasas igual o superior al 80 % en peso pero inferior al 85 %, fabricada directamente a partir de leche o nata sin utilizar materias primas almacenadas y según un proceso único, autónomo e ininterrumpido en el que la nata podrá pasar por una fase de grasa butírica concentrada y/o por el fraccionamiento de dicha grasa (procesos conocidos como «Ammix» y «Spreadable»)

El derecho contingentario será de 70 EUR por cada 100 kilogramos.

El contingente abarcará una cantidad de 74 693 toneladas.

La admisión en este contingente estará sujeta a las condiciones previstas en las disposiciones comunitarias en la materia.

Consideraciones generales

Las disposiciones del presente Acuerdo se aplicarán a partir del 1 de enero de 2008.

Le agradecería tuviera a bien confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente Nota.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

En nombre de la Comunidad Europea

Bruselas,

Muy señor mío:

Me complace acusar recibo de su Nota del día de hoy, redactada en los siguientes términos:

«Tras la celebración de negociaciones entre la Comunidad Europea (CE) y Nueva Zelanda al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994 sobre la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio 1994 (GATT 1994), la CE manifiesta su acuerdo con las conclusiones recogidas a continuación.

Disposiciones finales para el contingente arancelario de la OMC de mantequilla de Nueva Zelanda

El contingente arancelario será aplicable a la mantequilla originaria de Nueva Zelanda de las siguientes partidas arancelarias:

Código NC

Designación de la mercancía

ex 0405 10 11

ex 0405 10 19

Mantequilla, de al menos seis semanas, con un contenido de grasas igual o superior al 80 % en peso pero inferior al 85 %, fabricada directamente a partir de leche o nata sin utilizar materias primas almacenadas y según un proceso único, autónomo e ininterrumpido

ex 0405 10 30

Mantequilla, de al menos seis semanas, con un contenido de grasas igual o superior al 80 % en peso pero inferior al 85 %, fabricada directamente a partir de leche o nata sin utilizar materias primas almacenadas y según un proceso único, autónomo e ininterrumpido en el que la nata podrá pasar por una fase de grasa butírica concentrada y/o por el fraccionamiento de dicha grasa (procesos conocidos como «Ammix» y «Spreadable»)

El derecho contingentario será de 70 EUR por cada 100 kilogramos.

El contingente abarcará una cantidad de 74 693 toneladas.

La admisión en este contingente estará sujeta a las condiciones previstas en las disposiciones comunitarias en la materia.

Consideraciones generales

Las disposiciones del presente Acuerdo se aplicarán a partir del 1 de enero de 2008.

Le agradecería tuviera a bien confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente nota.»

Tengo el honor de confirmarle el acuerdo de Nueva Zelanda sobre el contenido de dicha Nota.

Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.

En nombre de Nueva Zelanda

Съставено в Брюксел

Hecho en Bruselas, el

V Bruselu dne

Udfærdiget i Bruxelles den

Geschehen zu Brüssel am

Brüssel,

'Εγινε στις Βρυξέλλες, στις

Done at Brussels

Fait à Bruxelles, le

Fatto a Bruxelles, addì

Briselē,

Priimta Briuselyje.

Kelt Brüsszelben,

Magħmul fi Brussell,

Gedaan te Brussel,

Sporządzono w Brukseli, dnia

Întocmit la Bruxelles

Feito em Bruxelas

V Bruseli

V Bruslju,

Tehty Brysselissä

Utfördat i Bryssel den

Image

От името на Европейската общност

Por la Comunidad Europea

Za Evropské společenství

For Det Europæiske Fællesskab

Für die Europäische Gemeinschaft

Euroopa Ühenduse nimel

Για την Ευρωπαϊκή Κοινότητα

For the European Community

Pour la Communauté européenne

Per la Comunità europea

Eiropas Kopienas vārdā

Europos bendrijos vardu

az Európai Közösség részéről

Għall-Komunità Ewropea

Voor de Europese Gemeenschap

W imieniu Wspólnoty Europejskiej

Pela Comunidade Europeia

În numele Comunitatii Europene

Za Európske spoločenstvo

Za Evropsko skupnost

Euroopan yhteisön puolesta

På Europeiska gemenskapen

Image

Съставено в Брюксел

Hecho en Bruselas, el

V Bruselu dne

Udfærdiget i Bruxelles den

Geschehen zu Brüssel am

Brüssel,

'Εγινε στις Βρυξέλλες, στις

Done at Brussels

Fait à Bruxelles, le

Fatto a Bruxelles, addì

Briselē,

Priimta Briuselyje.

Kelt Brüsszelben,

Magħmul fi Brussell,

Gedaan te Brussel,

Sporządzono w Brukseli, dnia

Întocmit la Bruxelles

Feito em Bruxelas

V Bruseli

V Bruslju,

Tehty Brysselissä

Utfördat i Bryssel den

Image

For New Zealand

От името на Нова Зеландия

Por Nueva Zelanda

Za Nový Zêland

For New Zealand

Für Neuseeland

Uus-Meremaa nimel

Για τη Νέα Υηλανδία

Pour la Nouvelle-Zélande

Per la Nuova Zelanda

Jaunzēlandes vārdā

Naujosios Zelandijos vardu

Új-Zéland részéről

Għan-New Zealand

Voor Nieuw-Zeeland

W imieniu Nowej Zelandii

Pela Nova Zelândia

În numele Noii Zeelande

Za Nový Zéland

Za Novo Zelandijo

Uuden-Seelannin puolesta

För Nya Zeeland

Image


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