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Document 62015CA0317
Case C-317/15: Judgment of the Court (Ninth Chamber) of 15 February 2017 (request for a preliminary ruling from the Hoge Raad der Nederlanden — Netherlands) — X v Staatssecretaris van Financiën (Reference for a preliminary ruling — Free movement of capital — Article 64 TFEU — Movement of capital to or from third countries involving the provision of financial services — Financial assets held in a Swiss bank account — Additional assessment for recovery — Recovery period — Extension of the recovery period in the case of assets held outside the Member State of residence)
Asunto C-317/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 15 de febrero de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — X/Staatssecretaris van Financiën (Procedimiento prejudicial — Libre circulación de capitales — Artículo 64 TFUE — Movimientos de capitales, con destino a terceros países o procedentes de ellos, que supongan la prestación de servicios financieros — Activos financieros depositados en una cuenta bancaria suiza — Liquidación complementaria — Plazo para la liquidación complementaria — Ampliación del plazo para la liquidación complementaria en caso de activos depositados fuera del Estado miembro de residencia)
Asunto C-317/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 15 de febrero de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — X/Staatssecretaris van Financiën (Procedimiento prejudicial — Libre circulación de capitales — Artículo 64 TFUE — Movimientos de capitales, con destino a terceros países o procedentes de ellos, que supongan la prestación de servicios financieros — Activos financieros depositados en una cuenta bancaria suiza — Liquidación complementaria — Plazo para la liquidación complementaria — Ampliación del plazo para la liquidación complementaria en caso de activos depositados fuera del Estado miembro de residencia)
DO C 112 de 10.4.2017, pp. 6–7
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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10.4.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 112/6 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 15 de febrero de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — X/Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-317/15) (1)
((Procedimiento prejudicial - Libre circulación de capitales - Artículo 64 TFUE - Movimientos de capitales, con destino a terceros países o procedentes de ellos, que supongan la prestación de servicios financieros - Activos financieros depositados en una cuenta bancaria suiza - Liquidación complementaria - Plazo para la liquidación complementaria - Ampliación del plazo para la liquidación complementaria en caso de activos depositados fuera del Estado miembro de residencia))
(2017/C 112/09)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: X
Demandada: Staatssecretaris van Financiën
Fallo
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1) |
El artículo 64 TFUE, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que se aplica a una normativa nacional que impone una restricción a los movimientos de capitales a los que se refiere esta disposición, como el plazo ampliado para la liquidación complementaria controvertido en el litigio principal, incluso cuando esa restricción sea aplicable igualmente a situaciones sin vínculo alguno con las inversiones directas, con el establecimiento, con la prestación de servicios financieros o con la admisión de valores en los mercados. |
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2) |
La apertura de una cuenta de valores por parte de un residente de un Estado miembro en una entidad bancaria situada fuera de la Unión Europea, como la que se discute en el litigio principal, está comprendida en el concepto de movimientos de capitales que suponen la prestación de servicios financieros, en el sentido del artículo 64 TFUE, apartado 1. |
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3) |
La facultad de los Estados miembros de aplicar restricciones a los movimientos de capitales que supongan la prestación de servicios financieros, reconocida por el artículo 64 TFUE, apartado 1, abarca igualmente las restricciones que, como el plazo ampliado para la liquidación complementaria controvertido en el litigio principal, no conciernen ni al prestador de los servicios ni a los requisitos y modalidades de la prestación de esos servicios. |