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Asiakirja 62015CA0051
Case C-51/15: Judgment of the Court (Third Chamber) of 21 December 2016 (request for a preliminary ruling from the Oberlandesgericht Celle — Germany) — Remondis GmbH & Co. KG Region Nord v Region Hannover (References for a preliminary ruling — Article 4(2) TEU — Respect for the national identity of Member States inherent in their fundamental structures, political and constitutional, inclusive of regional and local self-government — Internal organisation of the Member States — Regional authorities — Legal instrument creating a new public-law entity and organising the transfer of powers and responsibilities for the performance of public tasks — Public procurement — Directive 2004/18/EC — Article 1(2)(a) — Concept of ‘public contract’)
Asunto C-51/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 21 de diciembre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Celle — Alemania) — Remondis GmbH & Co. KG Region Nord/Region Hannover [Procedimiento prejudicial — Artículo 4 TUE, apartado 2 — Respeto de la identidad nacional de los Estados miembros, inherente a las estructuras fundamentales políticas y constitucionales de éstos, también en lo referente a la autonomía local y regional — Organización interna de los Estados miembros — Entidades territoriales — Instrumento jurídico por el que se crea una nueva entidad de Derecho público y se organiza la transferencia de competencias y responsabilidades para desempeñar funciones públicas — Contratos públicos — Directiva 2004/18/CE — Artículo 1, apartado 2, letra a) — Concepto de «contrato público»]
Asunto C-51/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 21 de diciembre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Celle — Alemania) — Remondis GmbH & Co. KG Region Nord/Region Hannover [Procedimiento prejudicial — Artículo 4 TUE, apartado 2 — Respeto de la identidad nacional de los Estados miembros, inherente a las estructuras fundamentales políticas y constitucionales de éstos, también en lo referente a la autonomía local y regional — Organización interna de los Estados miembros — Entidades territoriales — Instrumento jurídico por el que se crea una nueva entidad de Derecho público y se organiza la transferencia de competencias y responsabilidades para desempeñar funciones públicas — Contratos públicos — Directiva 2004/18/CE — Artículo 1, apartado 2, letra a) — Concepto de «contrato público»]
DO C 53 de 20.2.2017, s. 5—5
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
20.2.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 53/5 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 21 de diciembre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Celle — Alemania) — Remondis GmbH & Co. KG Region Nord/Region Hannover
(Asunto C-51/15) (1)
([Procedimiento prejudicial - Artículo 4 TUE, apartado 2 - Respeto de la identidad nacional de los Estados miembros, inherente a las estructuras fundamentales políticas y constitucionales de éstos, también en lo referente a la autonomía local y regional - Organización interna de los Estados miembros - Entidades territoriales - Instrumento jurídico por el que se crea una nueva entidad de Derecho público y se organiza la transferencia de competencias y responsabilidades para desempeñar funciones públicas - Contratos públicos - Directiva 2004/18/CE - Artículo 1, apartado 2, letra a) - Concepto de «contrato público»])
(2017/C 053/06)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Oberlandesgericht Celle
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Remondis GmbH & Co. KG Region Nord
Demandada: Region Hannover
con intervención de: Zweckverband Abfallwirtschaft Region Hannover
Fallo
El artículo 1, apartado 2, letra a), de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, debe interpretarse en el sentido de que no constituye un contrato público un acuerdo entre dos entidades territoriales, como el controvertido en el litigio principal, sobre la base del cual éstas adoptan un estatuto por el que se crea un consorcio de entidades, con personalidad jurídica de Derecho público, y por el que se transfiere a esa nueva entidad pública determinadas competencias de las que disfrutaban esas entidades hasta entonces y que en adelante corresponderán al consorcio de entidades.
No obstante, tal transferencia de competencias relativa al desempeño de funciones públicas sólo existe si se refiere a la vez, a las responsabilidades derivadas de la competencia transferida y a los poderes que son el corolario de ésta, de modo que la autoridad pública que es ahora competente dispone de autonomía decisoria y financiera, lo que corresponde comprobar al órgano jurisdiccional remitente.