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Document 52011AE1164

    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre Propuesta de Reglamento del Consejo (Euratom) por el que se establecen las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades en las acciones indirectas del Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y las normas de difusión de los resultados de la investigación (2012-2013) [COM(2011) 71 final — 2011/0045 (NLE)] — Propuesta de Decisión del Consejo relativa al Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2012-2013) [COM(2011) 72 final — 2011/0046 (NLE)] — Propuesta de Decisión del Consejo relativa al Programa Específico por el que se ejecuta mediante acciones indirectas el Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de acciones de investigación y formación en materia nuclear (2012-2013) [COM(2011) 73 final — 2011/0043 (NLE)] — Propuesta de Decisión del Consejo sobre el Programa Específico que debe ejecutar mediante acciones directas el Centro Común de Investigación en virtud del Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2012-2013) [COM(2011) 74 final — 2011/0044 (NLE)]

    DO C 318 de 29.10.2011, p. 127–132 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    29.10.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 318/127


    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Propuesta de Reglamento del Consejo (Euratom) por el que se establecen las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades en las acciones indirectas del Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y las normas de difusión de los resultados de la investigación (2012-2013)»

    [COM(2011) 71 final — 2011/0045 (NLE)]

    «Propuesta de Decisión del Consejo relativa al Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2012-2013)»

    [COM(2011) 72 final — 2011/0046 (NLE)]

    «Propuesta de Decisión del Consejo relativa al Programa Específico por el que se ejecuta mediante acciones indirectas el Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de acciones de investigación y formación en materia nuclear (2012-2013)»

    [COM(2011) 73 final — 2011/0043 (NLE)]

    «Propuesta de Decisión del Consejo sobre el Programa Específico que debe ejecutar mediante acciones directas el Centro Común de Investigación en virtud del Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2012-2013)»

    [COM(2011) 74 final — 2011/0044 (NLE)]

    2011/C 318/21

    Ponente: Gerd WOLF

    El 22 de marzo de 2011, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

     

    «Propuesta de Reglamento del Consejo (Euratom) por el que se establecen las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades en las acciones indirectas del Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y las normas de difusión de los resultados de la investigación (2012-2013)»

    COM(2011) 71 final — 2011/0045 (NLE)

     

    «Propuesta de Decisión del Consejo relativa al Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2012-2013)»

    COM(2011) 72 final — 2011/0046 (NLE)

     

    «Propuesta de Decisión del Consejo relativa al Programa Específico por el que se ejecuta mediante acciones indirectas el Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de acciones de investigación y formación en materia nuclear (2012-2013)»

    COM(2011) 73 final — 2011/0043 (NLE)

     

    «Propuesta de Decisión del Consejo sobre el Programa Específico que debe ejecutar mediante acciones directas el Centro Común de Investigación en virtud del Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2012 2013)»

    COM(2011) 74 final — 2011/0044 (NLE)

    La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 23 de junio de 2011.

    En su 473o Pleno de los días 13 y 14 de julio de 2011 (sesión del 14 de julio de 2011), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 92 votos a favor y 5 abstenciones el presente Dictamen.

    1.   Conclusiones y recomendaciones

    1.1   El accidente en los reactores de fisión nuclear causado por el tsunami en Fukushima y sus consecuencias demuestran la gran vulnerabilidad de este tipo de reactores en caso de fallo en los sistemas de refrigeración de emergencia. En lo que atañe a la utilización futura de esta tecnología, esto ya ha dado lugar a la adopción de decisiones sobre política energética en algunos Estados miembros y al inicio de un debate en el nivel de la Unión Europea. Los objetivos de investigación y desarrollo del Programa Marco I+D de EURATOM (período 2012-2013) objeto de examen exigen una revisión. Las siguientes observaciones se refieren a ese aspecto.

    1.2   Por múltiples razones, el Comité considera que es necesario conservar y ampliar los conocimientos en materia de tecnología nuclear, su aprovechamiento y sus consecuencias. El Programa Marco I+D de EURATOM, gracias a su función de coordinación y concentración de recursos, así como de integración de los esfuerzos comunes, aporta a este respecto un valor añadido europeo significativo.

    1.3   Por ese motivo, el Comité recomienda:

    concentrar las investigaciones en materia de tecnología de reactores de fisión en los temas de seguridad del reactor, reducción y almacenamiento de residuos radioactivos persistentes, control del material fisible y protección frente a las radiaciones;

    conservar y ampliar las competencias en materia de averías que desbordan los parámetros de diseño de las instalaciones y de pruebas de resistencia pendientes en las instalaciones existentes;

    continuar decididamente con los trabajos de desarrollo de la obtención de energía a partir de la fusión nuclear, en vista de, entre otros beneficios, las ventajas potenciales para la seguridad de esa tecnología, debiendo corresponder el papel principal al proyecto ITER, fruto de la colaboración internacional. La base del programa de fusión son las «asociaciones»;

    velar con acciones de formación adecuadas por que se disponga de suficientes especialistas altamente cualificados en las áreas necesarias, pero que también se impartan en las escuelas unos fundamentos mínimos sobre dichas técnicas y sobre la radiactividad, sus riesgos y su medición.

    1.4   Aunque, con los documentos de que dispone, el Comité tiene la impresión de que las propuestas y proyectos de la Comisión ya satisfacen en gran medida estas recomendaciones, recomienda que la Comisión se cerciore de que la dotación sea suficiente a la vista de la nueva situación y compruebe si es preciso prestar mayor atención a algún tema.

    1.5   Remitiéndose a sus demás recomendaciones, el Comité apoya el Programa Marco I+D de EURATOM y sus instrumentos, como elemento esencial del Espacio Europeo de Investigación.

    2.   Comunicación de la Comisión

    2.1   La Comunicación de la Comisión abarca cuatro documentos diferentes que contienen sendas propuestas de reglamento o decisión del Consejo acerca del Programa de Euratom para los años 2012-2013. La necesidad real de nuevas decisiones y reglamentos para dicho período se deriva de las diferentes duraciones, por un lado, del VII Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración (2007-2013) y, por otro lado, del VII Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM) de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2007-2011). Por tanto, es preciso salvar una diferencia de dos años.

    2.2   Los cuatro documentos presentados por la Comisión abarcan todos los aspectos necesarios para ello, a saber:

    las normas de participación;

    el Programa Marco;

    el Programa Específico: acciones indirectas;

    el Programa Específico: acciones directas del Centro Común de Investigación.

    Estos cuatro documentos, junto con sus anexos, ocupan 120 páginas, de manera que no es posible reproducir aquí su contenido, ni siquiera en extracto, ni comentar todos sus aspectos.

    2.3   Desde el punto de vista temático, se trata de la labor de investigación que ha de financiar la UE en el campo de la fusión nuclear (centrada en el ITER), la fisión nuclear y la protección contra las radiaciones. La Comisión considera necesario que esa labor de investigación pueda desarrollarse, durante el período de dos años de que se está hablando, a partir de las actividades realizadas con éxito en los años 2007 a 2011 y darles continuidad.

    2.4   El desembolso total previsto para ese fin asciende a unos 2 560 millones de euros, la mayor parte de los cuales corresponde al programa de fusión del ITER.

    3.   Observaciones generales

    3.1   Fukushima: nueva situación de partida

    Los documentos de la Comisión mencionados más arriba se redactaron antes de los acontecimientos de Fukushima. A la vista de los efectos del tsunami en las centrales nucleares de fisión nuclear allí instaladas, los daños que estas han sufrido y sus repercusiones sobre la población y el medio ambiente, el Comité estima necesario examinar y revisar desde esta perspectiva los objetivos de investigación y desarrollo del Programa Marco I+D de EURATOM objeto de examen para, si es preciso, reorientarlos convenientemente. Por consiguiente, con el presente dictamen, que se refiere exclusivamente a la investigación y el desarrollo, se pretende algo más que adaptar simplemente el calendario del Programa Marco I+D de EURATOM al del VII Programa Marco general de I+D.

    3.1.1   Si bien el Comité considera prematuro extraer conclusiones generales en materia de política energética, respeta la decisión de aquellos Estados miembros que, de conformidad con el principio de precaución, han optado por no seguir utilizando en el futuro la fisión nuclear como fuente de energía. El Comité se congratula de que el tema de Fukushima también se haya tratado en el nivel de la UE (1) y se haya incorporado a la agenda de política energética, pese a que, con arreglo al Tratado de Lisboa, cada Estado miembro puede decidir por sí mismo qué combinación de energías prefiere.

    3.2   El Programa Marco I+D de EURATOM

    El Programa Marco I+D de EURATOM, primordialmente destinado a la investigación en el sector de la energía, complementa la investigación energética prevista en el Programa Marco I+D general (2), dedicado en particular a la investigación y desarrollo de fuentes de energía renovables y otras tecnologías no nucleares de producción de energía con baja emisión de carbono. De este modo, se pretende que en la UE se investiguen y valoren todas las tecnologías que sirvan para lograr una combinación sostenible de fuentes de energía, y sus propiedades.

    3.3   Valor añadido europeo

    Por múltiples razones, el Comité considera que es absolutamente necesario conservar y ampliar los conocimientos en materia de tecnología nuclear, su aprovechamiento y sus consecuencias. El Programa Marco I+D de EURATOM, gracias a su función de coordinación y concentración de recursos, así como de integración de los esfuerzos comunes, aporta a este respecto un valor añadido europeo significativo. Remitiéndose a sus demás recomendaciones, el Comité apoya plenamente el Programa Marco I+D de EURATOM y sus instrumentos, como elemento esencial del Espacio Europeo de Investigación (3).

    3.4   Prioridad de la investigación en materia de seguridad y conservación del saber

    Sin perjuicio de las demás decisiones respectivas de los Estados miembros y de la UE sobre el futuro aprovechamiento de la tecnología de fisión nuclear para obtener energía, el Comité, en atención a:

    1)

    las posibles repercusiones transfronterizas de los accidentes,

    2)

    la migración mundial de expertos y tecnologías,

    3)

    las instalaciones ya existentes y sus residuos radiactivos,

    4)

    la existencia de armamento nuclear y las instalaciones de producción que implican, así como los gravísimos riesgos (políticos),

    considera absolutamente necesario seguir desarrollando dentro de la UE, con la mayor determinación, los conocimientos en materia de seguridad y las tecnologías en que se basan, y hacerlos accesibles. Renunciar a profundizar los conocimientos implicaría adoptar una peligrosa política del avestruz. Por ello, y para evitar que los conocimientos de estas tecnologías y de sus consecuencias caigan en el olvido colectivo, es especialmente importante formar e incentivar de forma sistemática y continua a las necesarias nuevas generaciones de científicos y técnicos en número suficiente.

    3.5   Fisión nuclear

    Respecto a la tecnología de fisión nuclear, el Comité subraya en particular los siguientes aspectos básicos que afectan a la seguridad:

    protección contra las radiaciones, medicina nuclear y medidas preventivas de carácter médico y técnico;

    aumento de la seguridad y reducción de los residuos de las centrales de fisión nuclear (4);

    eliminación (almacenamiento definitivo) de los residuos radiactivos persistentes;

    obtención y manipulación de material fisible (combustible nuclear);

    medidas de protección frente a la sustracción y el uso indebido de material fisible o radiactivo;

    averías que desbordan los parámetros de diseño de las instalaciones existentes y consecuencias de las pruebas de resistencia pendientes que es necesario efectuar (5).

    3.6   Fusión nuclear controlada

    Desde el principio (6), el programa de fusión nuclear fue impulsado a causa, en particular, de su ventaja decisiva en materia de seguridad (inventario de combustibles extremadamente reducido, no necesidad de una refrigeración de emergencia, ausencia de reacciones en cadena, de productos fisibles y de actínidos) y otras ventajas de esta tecnología. Los progresos alcanzados han permitido construir una instalación (ITER) con una notable capacidad de fusión (500 MW). Aunque los reactores de fusión –conforme al actual estado de la ciencia y el volumen actual de subvención– no podrán contribuir a la generación de electricidad hasta la segunda mitad del presente siglo, y aunque todavía es necesario investigar y desarrollar mucho esta tecnología antes de que represente una fuente de energía utilizable, la fusión nuclear controlada es la única opción energética conocida con potencial prácticamente ilimitado y mundialmente disponible que no está siendo ya aprovechada de una manera o de otra (7). Por ese motivo, el Comité recomienda prestar especial atención a este programa. Según el resultado unánime de numerosos pronósticos, a lo largo de este siglo va a aumentar drásticamente la demanda energética mundial y se va a agravar el problema de un suministro de energía mundialmente suficiente, respetuoso con el clima y sostenible. Eso hace que sea especialmente necesario encontrar una nueva fuente de energía que no afecte al clima, como la fusión nuclear.

    3.7   Sobre las propuestas temáticas de la Comisión: pleno respaldo

    A la luz de las observaciones formuladas en el punto 3.1, por fortuna cabe observar que las recomendaciones formuladas por el Comité en el presente dictamen ya están contenidas en muy amplia medida en las propuestas temáticas de la Comisión, por lo que estas reciben el pleno respaldo del Comité. No obstante, con la documentación que obra en su poder, el Comité no se considera en condiciones –ni considera que sea cometido suyo– de apreciar si los medios instrumentales, personales y financieros empleados están concretamente a la altura de los fines propuestos. Por ese motivo, recomienda a la Comisión que, por medio de sus grupos de expertos que se ocupan del programa, lleve a cabo dicha revisión dentro de cada una de las líneas del programa y, si es preciso, utilice medios adicionales.

    3.8   Amplios estudios sobre aspectos de seguridad y riesgo

    Dado que las cuestiones de seguridad y riesgo no afectan solo al Programa Marco I+D de EURATOM, el Comité recomienda que, junto con la investigación energética del VII Programa Marco general, se realicen también, y en lo posible en colaboración con otros socios internacionales, estudios sobre las correspondientes cuestiones de seguridad y riesgo, teniendo en cuenta también los acontecimientos naturales que han ganado protagonismo. Dichos estudios deberán tratar, entre otros, los siguientes aspectos:

    Riesgos técnicos de las diversas tecnologías energéticas críticas, como por ejemplo la fisión nuclear, la captura y almacenamiento de CO2, los depósitos de agua, los depósitos de aire comprimido, las tecnologías del petróleo y gas natural, la extracción, transporte y transformación de fuentes de energía fósiles, los depósitos de hidrógeno y el hidrógeno como fuente de energía, especialmente en automoción, etc.

    Riesgos para el medio ambiente derivados de no alcanzar los objetivos de reducción de CO2  (8) y del consiguiente agravamiento del cambio climático.

    Riesgos sociales, políticos e incluso bélicos derivados i) de una grave escasez energética mundial y las situaciones de emergencia resultantes, y ii) de un riesgo potencial de cambio climático (9).

    3.9   Instrucción de la población

    Asimismo, el Comité considera importante, además de la indispensable formación (véase el punto 3.4) de expertos como físicos, químicos e ingenieros, que en las escuelas e instituciones educativas de nivel superior se enseñe a todos los ciudadanos, desde temprana edad, a medir la radiación y a valorar los niveles naturales o aceptables de radiación, por un lado, y los niveles peligrosos, por otro. Esta es, a juicio del Comité, la mejor forma de poder hacer una valoración objetiva suficiente e indispensable de las situaciones de riesgo nuclear, precisamente en casos de crisis repentinas, cuando es preciso evitar el pánico y actuar de forma sensata y acertada.

    3.10   Dudosa cuantía de la financiación

    Aunque el Comité no está en condiciones de valorar esta cuestión ad hoc desde el punto de vista cuantitativo, a la vista de la nueva base de valoración arriba mencionada, duda (véase también el punto 3.7) de que el nivel actual de financiación sea suficiente para el período de que se trata, a fin de abordar las cuestiones planteadas con suficiente determinación y de conformidad con las recomendaciones del Comité acerca del plan SET (10) y de la hoja de ruta para 2050 (11). Por eso, siempre que el presupuesto hasta 2013 no sea ya inamovible, resulta conveniente, al menos para el nuevo período a partir de 2013, i) determinar la necesidad de financiación en función de las profundas repercusiones que tendrían una situación de escasez energética y el incumplimiento de los objetivos de reducción del CO2 para la Estrategia Europa 2020 y en general, y ii) disponer medios suficientes. El Comité reitera una vez más que la proporción de financiación que se dedica a la investigación energética en el Programa Marco I+D desde hace mucho tiempo no se corresponde con la relevancia fundamental para la sociedad que tienen la energía y el problema del cambio climático relacionado con ella.

    3.11   Dictámenes sobre el VII Programa Marco

    Abundando en sus observaciones del punto 3.7, el Comité está de acuerdo con la Comisión en que el programa propuesto debe desarrollarse, durante el período de dos años en cuestión, a partir de las actividades desarrolladas con éxito en los años 2007 a 2011, y darles la debida continuidad. El Comité se remite a la importancia atribuida en numerosos dictámenes de que haya una suficiente continuidad en la investigación para que esta tenga éxito. En consecuencia, se remite también a sus dictámenes, tanto sobre el VII Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2012 2013) como al Programa Específico y a las normas de participación correspondientes a ese VII Programa Marco. El Comité vuelve a confirmar las recomendaciones formuladas en dichos dictámenes, complementadas con los puntos de vista expuestos en el presente. Esta referencia a documentos anteriores resulta tanto más importante cuanto que el presente dictamen, por razones obvias, no puede entrar a considerar todos los enunciados que contienen las propuestas de la Comisión.

    4.   Observaciones particulares

    4.1   Solución del problema de los residuos y su almacenamiento

    En referencia a sus anteriores dictámenes en materia de energía nuclear, sobre la hoja de ruta para un sistema energético con bajas emisiones de CO2 de aquí a 2050 y sobre el problema del almacenamiento (12), el Comité subraya la importancia de todos los esfuerzos por reducir el volumen y el período de vida de los residuos peligrosos. Un avance decisivo sería conseguir realmente acortar el período de vida de los residuos radiactivos mediante una transmutación efectiva de una «escala geológica» a una «escala histórica». De esa manera cambiarían totalmente las premisas para resolver o mitigar el problema de los residuos y su almacenamiento. Por eso es preciso respaldar con decisión todas las posibilidades de investigación científico-técnica al respecto y de llevarlas a buen puerto.

    4.2   Reducción del riesgo de (gran) catástrofe nuclear

    En opinión del Comité nunca existe la seguridad absoluta de las instalaciones técnicas construidas por el ser humano. Sin embargo, para el futuro se podría plantear el objetivo de que solo se construyesen y explotasen instalaciones que fueran seguras frente a accidentes derivados de causas internas y que solo pudieran sufrir daños causados por acontecimientos externos extremadamente infrecuentes (como la caída de un asteroide) que, en cualquier caso, originasen unos daños de tal magnitud que el deterioro o la destrucción de las instalaciones en sí no representase un aumento significativo de los efectos destructivos.

    4.3   Programa de fusión nuclear

    En vista de la importancia que tiene disponer de la energía de fusión en el futuro, el Comité recomienda:

    llevar a cabo con la necesaria amplitud y profundidad de investigación las labores preparatorias para el desarrollo de un reactor de demostración (DEMO) que, como continuación del ITER, demuestre por primera vez la producción de energía eléctrica mediante fusión nuclear en el marco de un sistema integrado, y

    a la hora de desarrollar proyectos, además de la necesaria concentración en la línea Tokamak, que encabeza el proceso con el ITER como buque insignia, estudiar también configuraciones alternativas del campo magnético (en particular, el concepto del stellarator).

    Además, es preciso reflexionar sobre en qué circunstancias se podría acortar el camino hacia el DEMO y, en vista de las experiencias recientes con la organización mundial del proyecto ITER, cómo se podría desarrollar un programa de fusión europeo potente y efectivo. El Comité subraya que el desarrollo del ITER y sus resultados solo se podrán conseguir o aprovechar si se dispone de una eficaz infraestructura de laboratorios de investigación en fusión suficientemente interconectados con la industria correspondiente.

    4.4   Normas de participación en fisión nuclear y protección contra las radiaciones

    El Comité no aprecia en este terreno diferencias sustanciales con las anteriores normas de participación a este respecto en el programa 2007-2011. En este sentido se remite de nuevo a su dictamen positivo ya presentado (13), pues no procede añadir nada nuevo.

    4.5   Normas de participación en el programa de fusión

    Actualmente, el Programa Europeo para el Desarrollo de la Fusión se rige por normas de participación específicamente adaptadas y que giran en torno a los 26 convenios de asociación con los centros de investigación participantes y sus respectivos Estados miembros, denominados «asociaciones». A esto se añade el programa del Joint European Torus (JET), con sus normas de financiación específicamente diseñadas. Gracias a esta buena infraestructura, la UE ha podido influir decisivamente en el proyecto internacional ITER y ha ganado la carrera por su sede.

    4.5.1   Convenios de asociación

    A este respecto, el avance rápido y estable del programa ha venido determinado muy especialmente por la estructura adecuada de los convenios de asociación, adaptada a los objetivos de desarrollo, junto con su decisivo efecto en la política de fomento y el apoyo político de los Estados miembros. Solo así ha sido posible el ITER, un proyecto que el Comité respalda con firmeza por su importancia para el desarrollo logrado hasta ahora en la investigación sobre la fusión. Debido al considerable incremento de los costes del proyecto ITER, cuyas causas no puede entrar a valorar el Comité en este contexto, otras partes del programa, en particular las actividades de los convenios de asociación, están sometidas a fuertes presiones de ahorro. A este respecto, el Comité desea advertir expresamente de que llevar dicho ahorro al extremo de echar por tierra el efecto de palanca de los convenios de asociación y, por ende, la eficacia del programa, puede ser perjudicial para la base científica necesaria y, en general, para el apoyo político de los Estados miembros, elementos que son necesarios para que el ITER pueda tener éxito y para que Europa pueda extraer de él el provecho esperado. Las asociaciones son la base y la fábrica de ideas del programa de fusión; en ellas se prepara el funcionamiento y la utilidad del ITER, se desarrollan y estudian nuevos conceptos, en ellas se forman las tan necesarias nuevas generaciones de científicos e ingenieros, en ellas se produce la vinculación con los ciudadanos de la UE.

    4.6   Centro Común de Investigación (CCI)

    En el Centro Común de Investigación (CCI), financiado institucionalmente por la Comisión, se establecen, en lo que respecta al programa de Euratom, los siguientes objetivos de investigación: (a) gestión de los residuos nucleares, impacto ambiental y conocimientos de base, (b) seguridad nuclear y (c) protección de riesgos en el ámbito de la energía nuclear. Estos objetivos corresponden por su contenido a las recomendaciones formuladas al comienzo del presente dictamen, así como a las formuladas en el dictamen del Comité sobre el VII Programa Marco (14) y reciben el pleno apoyo del CESE.

    Bruselas, 14 de julio de 2011.

    El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

    Staffan NILSSON


    (1)  Por ejemplo, en el Foro Europeo de la Energía Nuclear (ENEF), http://ec.europa.eu/energy/nuclear/forum/forum_en.htm

    (2)  Véase DO C 65 de 17.3.2006, p. 9.

    (3)  Véase DO C 44 de 16.2.2008, p. 1.

    (4)  Véase el informe de la Academia de las Ciencias del Estado federado de Westfalia «Zur Sicherheit der Kernkraftwerke nach dem Unfall von Fukushima» (La seguridad de las centrales nucleares después del accidente de Fukushima) de 26 de mayo de 2011.

    (5)  Véase el comunicado de prensa no 60/2011 del CESE de 30.5.2011.

    (6)  Véase DO C 302 de 7.12.2004, p. 27.

    (7)  Véase DO C 107 de 6.4.2011, p. 37.

    (8)  Véase http://www.iea.org/index_info.asp?id=1959 de 30.5.2011.

    (9)  Véase la nota 5 y el segundo número de Research*eu results magazine, mayo de 2011, p. 20.

    (10)  Véase DO C 21 de 21.1.2011, p. 49.

    (11)  Véase DO C 107 de 6.4.2011, p. 37.

    (12)  DO C 218 de 23.7.2008, p. 135.

    (13)  Véase DO C 309 de 16.12.2006, p. 41.

    (14)  Véase DO C 185 de 8.8.2006, p. 10.


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