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Document 62010TN0597

Asunto T-597/10: Recurso interpuesto el 27 de diciembre de 2010 — Biodes/OAMI — Manasul International (BIESUL)

DO C 80 de 12.3.2011, p. 21–21 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.3.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 80/21


Recurso interpuesto el 27 de diciembre de 2010 — Biodes/OAMI — Manasul International (BIESUL)

(Asunto T-597/10)

2011/C 80/40

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

Partes

Demandante: Biodes, SL (Madrid, España) (representante: Sr. E. Manresa Medina, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Manasul International, SL (Ponferrada, España)

Pretensiones de la parte demandante

La anulación de la decisión de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de fecha 23 de septiembre de 2010, en el asunto R 1519/2009-1, y

la condenación en costas a la parte demandada y sus posibles coadyuvantes de todos los gastos del procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: Demandante.

Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa conteniendo el elemento verbal «BIESUL» para productos en las clases 5, 30 y 31.

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Manasul International, SL.

Marca o signo invocado: Marcas figurativas nacionales que contienen los elementos verbales «MANASUL» y «MANASUL ORO» para productos en las clases 5, 30 y 31.

Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición.

Resolución de la Sala de Recurso: Estimación del recurso y denegación de la marca solicitada.

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b) y apartado 5 del Reglamento (CE) no 207/2009, (1) dado que no existiría similitud entre las marcas en conflicto y que la Sala de Recurso habría omitido el análisis de la prueba de uso de las marcas anteriores.


(1)  Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).


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