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Document 62015CA0355

Asunto C-355/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 21 de diciembre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — Bietergemeinschaft. Technische Gebäudebetreuung GesmbH und Caverion Österreich GmbH/Universität für Bodenkultur Wien, VAMED Management und Service GmbH & Co. KG in Wien (Procedimiento prejudicial — Contratos públicos — Directiva 89/665/CEE — Procedimientos de recurso en materia de adjudicación de contratos públicos — Artículo 1, apartado 3 — Interés en ejercitar la acción — Artículo 2 bis, apartado 2 — Concepto de «licitador afectado» — Derecho de un licitador que ha sido definitivamente excluido por el poder adjudicador a interponer recurso contra la ulterior decisión de adjudicación del contrato)

DO C 53 de 20.2.2017, p. 14–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 53/14


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 21 de diciembre de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — Bietergemeinschaft. Technische Gebäudebetreuung GesmbH und Caverion Österreich GmbH/Universität für Bodenkultur Wien, VAMED Management und Service GmbH & Co. KG in Wien

(Asunto C-355/15) (1)

((Procedimiento prejudicial - Contratos públicos - Directiva 89/665/CEE - Procedimientos de recurso en materia de adjudicación de contratos públicos - Artículo 1, apartado 3 - Interés en ejercitar la acción - Artículo 2 bis, apartado 2 - Concepto de «licitador afectado» - Derecho de un licitador que ha sido definitivamente excluido por el poder adjudicador a interponer recurso contra la ulterior decisión de adjudicación del contrato))

(2017/C 053/16)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Bietergemeinschaft. Technische Gebäudebetreuung GesmbH und Caverion Österreich GmbH

Demandadas: Universität für Bodenkultur Wien, VAMED Management und Service GmbH & Co. KG in Wien

Fallo

El artículo 1, apartado 3, de la Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras, en su versión modificada por la Directiva 2007/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2007, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que a un licitador que ha sido excluido de un procedimiento de adjudicación de un contrato público mediante una decisión del poder adjudicador que ha adquirido carácter definitivo se le niegue el acceso a un recurso contra la decisión de adjudicación del contrato público en cuestión y contra la celebración de dicho contrato, cuando el licitador excluido y el adjudicatario del contrato son los únicos que han presentado ofertas y aquel licitador sostiene que la oferta del adjudicatario también debería haber sido rechazada.


(1)  DO C 320 de 28.9.2015.


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