This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32017D0339
Decision (EU) 2017/339 of the European Parliament and of the Council of 14 December 2016 on the mobilisation of the Contingency Margin in 2016
Decisión (UE) 2017/339 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del Margen para Imprevistos en 2016
Decisión (UE) 2017/339 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del Margen para Imprevistos en 2016
DO L 50 de 28/02/2017, p. 47–48
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
28.2.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 50/47 |
DECISIÓN (UE) 2017/339 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 14 de diciembre de 2016
relativa a la movilización del Margen para Imprevistos en 2016
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (1) y, en particular, su apartado 14, párrafo segundo,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El artículo 13 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo (2) prevé un Margen para Imprevistos de hasta el 0,03 % de la renta nacional bruta de la Unión. |
(2) |
De conformidad con el artículo 6 de este Reglamento, la Comisión ha calculado el importe absoluto del Margen para Imprevistos para 2016 (3). |
(3) |
Después de haber examinado todas las posibilidades de financiación para responder a los imprevistos dentro del techo de compromisos de la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía) de 2016 del Marco Financiero Plurianual, y tras haber movilizado el Instrumento de Flexibilidad por el importe total de 1 530 millones EUR disponible en 2016, resulta necesaria la movilización del Margen para Imprevistos, para hacer frente a las necesidades derivadas de la crisis de la migración, los refugiados y la seguridad, mediante el aumento de los créditos de compromiso del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2016, por encima del techo de compromisos de la rúbrica 3. |
(4) |
Habida cuenta de esta situación tan particular, se cumple la condición de último recurso contemplada en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013. |
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2016, se movilizará el Margen para Imprevistos para aportar un importe de 240,1 millones EUR en créditos de compromiso por encima del techo de compromisos de la rúbrica 3 del Marco Financiero Plurianual.
Artículo 2
El importe de 240,1 millones EUR en créditos de compromiso a que se refiere el artículo 1 se compensará totalmente con el margen dentro del techo de compromisos de la rúbrica 5 (Administración) del Marco Financiero Plurianual para el ejercicio 2016.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Estrasburgo, el 14 de diciembre de 2016.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
M. SCHULZ
Por el Consejo
El Presidente
I. KORČOK
(1) DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
(2) Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).
(3) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, de 22 de mayo de 2015, relativa al ajuste técnico del marco financiero para 2016 en función de la evolución de la renta nacional bruta [COM(2015)0320].