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Document JOL_2007_340_R_0095_01
2007/867/EC: Council Decision of 20 December 2007 on the conclusion of an Agreement in the form of an Exchange of Letters between the European Community and New Zealand pursuant to Article XXVIII of the GATT 1994 relating to the modification of the WTO tariff quota for New Zealand butter provided for in EC Schedule CXL annexed to the GATT 1994# Agreement in the form of an exchange of letters between the European Community and New Zealand pursuant to Article XXVIII of the GATT 1994 relating to the modification of the WTO tariff quota for New Zealand butter provided for in EC Schedule CXL annexed to the GATT 1994
2007/867/CE: Decisión del Consejo, de 20 de diciembre de 2007 , relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994
Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994
2007/867/CE: Decisión del Consejo, de 20 de diciembre de 2007 , relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994
Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994
DO L 340 de 22.12.2007, p. 95–99
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.12.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 340/95 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 20 de diciembre de 2007
relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994
(2007/867/CE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133, leído en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo primero, primera frase,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 14 de mayo de 2007, el Consejo autorizó a la Comisión para entablar negociaciones al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994 con vistas a modificar el contingente arancelario de la OMC para la mantequilla de Nueva Zelanda. Consecuentemente, el 3 de agosto de 2007 la Comunidad Europea notificó a la OMC su intención de modificar el contingente arancelario de la OMC para la mantequilla de Nueva Zelanda incluido en la lista CXL de la CE. |
(2) |
La Comisión ha llevado a cabo las negociaciones en consulta con el Comité establecido en el artículo 133 del Tratado y con arreglo a las directrices de negociación elaboradas por el Consejo. |
(3) |
La Comisión ha negociado con éxito un Acuerdo con Nueva Zelanda. Por consiguiente, debe aprobarse el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda. |
DECIDE:
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 con vistas a la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 2007.
Por el Consejo
El Presidente
F. NUNES CORREIA
ACUERDO
en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al GATT de 1994
Bruselas,
Muy señor mío:
Tras la celebración de negociaciones entre la Comunidad Europea (CE) y Nueva Zelanda al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994 sobre la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio 1994 (GATT 1994), la CE manifiesta su acuerdo con las conclusiones recogidas a continuación.
Disposiciones finales para el contingente arancelario de la OMC de mantequilla de Nueva Zelanda
El contingente arancelario será aplicable a la mantequilla originaria de Nueva Zelanda de las siguientes partidas arancelarias:
Código NC |
Designación de la mercancía |
ex 0405 10 11 ex 0405 10 19 |
Mantequilla, de al menos seis semanas, con un contenido de grasas igual o superior al 80 % en peso pero inferior al 85 %, fabricada directamente a partir de leche o nata sin utilizar materias primas almacenadas y según un proceso único, autónomo e ininterrumpido |
ex 0405 10 30 |
Mantequilla, de al menos seis semanas, con un contenido de grasas igual o superior al 80 % en peso pero inferior al 85 %, fabricada directamente a partir de leche o nata sin utilizar materias primas almacenadas y según un proceso único, autónomo e ininterrumpido en el que la nata podrá pasar por una fase de grasa butírica concentrada y/o por el fraccionamiento de dicha grasa (procesos conocidos como «Ammix» y «Spreadable») |
El derecho contingentario será de 70 EUR por cada 100 kilogramos.
El contingente abarcará una cantidad de 74 693 toneladas.
La admisión en este contingente estará sujeta a las condiciones previstas en las disposiciones comunitarias en la materia.
Consideraciones generales
Las disposiciones del presente Acuerdo se aplicarán a partir del 1 de enero de 2008.
Le agradecería tuviera a bien confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente Nota.
Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.
En nombre de la Comunidad Europea
Bruselas,
Muy señor mío:
Me complace acusar recibo de su Nota del día de hoy, redactada en los siguientes términos:
«Tras la celebración de negociaciones entre la Comunidad Europea (CE) y Nueva Zelanda al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994 sobre la modificación del contingente arancelario de la OMC previsto para la mantequilla de Nueva Zelanda en la lista CXL de la CE aneja al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio 1994 (GATT 1994), la CE manifiesta su acuerdo con las conclusiones recogidas a continuación.
Disposiciones finales para el contingente arancelario de la OMC de mantequilla de Nueva Zelanda
El contingente arancelario será aplicable a la mantequilla originaria de Nueva Zelanda de las siguientes partidas arancelarias:
Código NC |
Designación de la mercancía |
ex 0405 10 11 ex 0405 10 19 |
Mantequilla, de al menos seis semanas, con un contenido de grasas igual o superior al 80 % en peso pero inferior al 85 %, fabricada directamente a partir de leche o nata sin utilizar materias primas almacenadas y según un proceso único, autónomo e ininterrumpido |
ex 0405 10 30 |
Mantequilla, de al menos seis semanas, con un contenido de grasas igual o superior al 80 % en peso pero inferior al 85 %, fabricada directamente a partir de leche o nata sin utilizar materias primas almacenadas y según un proceso único, autónomo e ininterrumpido en el que la nata podrá pasar por una fase de grasa butírica concentrada y/o por el fraccionamiento de dicha grasa (procesos conocidos como «Ammix» y «Spreadable») |
El derecho contingentario será de 70 EUR por cada 100 kilogramos.
El contingente abarcará una cantidad de 74 693 toneladas.
La admisión en este contingente estará sujeta a las condiciones previstas en las disposiciones comunitarias en la materia.
Consideraciones generales
Las disposiciones del presente Acuerdo se aplicarán a partir del 1 de enero de 2008.
Le agradecería tuviera a bien confirmar el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente nota.»
Tengo el honor de confirmarle el acuerdo de Nueva Zelanda sobre el contenido de dicha Nota.
Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.
En nombre de Nueva Zelanda
Съставено в Брюксел
Hecho en Bruselas, el
V Bruselu dne
Udfærdiget i Bruxelles den
Geschehen zu Brüssel am
Brüssel,
'Εγινε στις Βρυξέλλες, στις
Done at Brussels
Fait à Bruxelles, le
Fatto a Bruxelles, addì
Briselē,
Priimta Briuselyje.
Kelt Brüsszelben,
Magħmul fi Brussell,
Gedaan te Brussel,
Sporządzono w Brukseli, dnia
Întocmit la Bruxelles
Feito em Bruxelas
V Bruseli
V Bruslju,
Tehty Brysselissä
Utfördat i Bryssel den
От името на Европейската общност
Por la Comunidad Europea
Za Evropské společenství
For Det Europæiske Fællesskab
Für die Europäische Gemeinschaft
Euroopa Ühenduse nimel
Για την Ευρωπαϊκή Κοινότητα
For the European Community
Pour la Communauté européenne
Per la Comunità europea
Eiropas Kopienas vārdā
Europos bendrijos vardu
az Európai Közösség részéről
Għall-Komunità Ewropea
Voor de Europese Gemeenschap
W imieniu Wspólnoty Europejskiej
Pela Comunidade Europeia
În numele Comunitatii Europene
Za Európske spoločenstvo
Za Evropsko skupnost
Euroopan yhteisön puolesta
På Europeiska gemenskapen
Съставено в Брюксел
Hecho en Bruselas, el
V Bruselu dne
Udfærdiget i Bruxelles den
Geschehen zu Brüssel am
Brüssel,
'Εγινε στις Βρυξέλλες, στις
Done at Brussels
Fait à Bruxelles, le
Fatto a Bruxelles, addì
Briselē,
Priimta Briuselyje.
Kelt Brüsszelben,
Magħmul fi Brussell,
Gedaan te Brussel,
Sporządzono w Brukseli, dnia
Întocmit la Bruxelles
Feito em Bruxelas
V Bruseli
V Bruslju,
Tehty Brysselissä
Utfördat i Bryssel den
For New Zealand
От името на Нова Зеландия
Por Nueva Zelanda
Za Nový Zêland
For New Zealand
Für Neuseeland
Uus-Meremaa nimel
Για τη Νέα Υηλανδία
Pour la Nouvelle-Zélande
Per la Nuova Zelanda
Jaunzēlandes vārdā
Naujosios Zelandijos vardu
Új-Zéland részéről
Għan-New Zealand
Voor Nieuw-Zeeland
W imieniu Nowej Zelandii
Pela Nova Zelândia
În numele Noii Zeelande
Za Nový Zéland
Za Novo Zelandijo
Uuden-Seelannin puolesta
För Nya Zeeland