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Document 62021TN0122

    Asunto T-122/21: Recurso interpuesto el 25 de febrero de 2021 — QI/Comisión

    DO C 138 de 19.4.2021, p. 50–51 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.4.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 138/50


    Recurso interpuesto el 25 de febrero de 2021 — QI/Comisión

    (Asunto T-122/21)

    (2021/C 138/67)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: QI (representante: N. de Montigny, abogada)

    Demandada: Comisión Europea

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule los informes finales de evaluación de carrera de la demandante de 2018 y 2019.

    Anule, en la medida en que sea necesario, la decisión desestimatoria de la reclamación de 16 de noviembre de 2020.

    Condene en costas a la parte demandada.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, la parte demandante formula tres motivos.

    1.

    Primer motivo, basado en la vulneración de las disposiciones generales de ejecución aplicables. En relación con el informe de evaluación correspondiente a 2018, la demandante alega la revisión contraria a Derecho de la suficiencia de las prestaciones en la fase de alzada. En cuando al informe de evaluación correspondiente a 2019, la demandante critica la intervención del evaluador de alzada en una fase preliminar. Por último, por lo que respecta a los dos informes, la demandante invoca error en la interpretación y aplicación a su situación del artículo 2, apartado 3, letra a), de las disposiciones generales de ejecución y del artículo 4 de esas disposiciones.

    2.

    Segundo motivo, basado en la vulneración del deber de imparcialidad y neutralidad, en la vulneración del deber de asistencia y buena administración, en la infracción del artículo 21 bis del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y en procedimiento inadecuado o abuso procesal.

    3.

    Tercer motivo, basado en error manifiesto de apreciación, en inexactitudes materiales en cuanto a los hechos, en alegaciones abusivas que no guardan relación con hechos objetivos y en vulneración del concepto de deber de lealtad.


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